Con 4 votos contra uno, la Corte avaló la reforma que legaliza la posesión de drogas para autoconsumo, la cual fue impugnada por farmacodependientes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que es válida la pena de cárcel para los adictos que sean detenidos con dosis de drogas superiores a las establecidas para consumo personal e inmediato, a pesar de que sean considerados como enfermos por su condición de farmacodependientes.
La Primera Sala del alto tribunal determinó que estas disposiciones y límites establecidos en la Ley General de Salud no discriminan a los farmacodependientes sometidos a proceso penal y sentenciados a pena de cárcel, al recibir atención médica privados de su libertad, a diferencia de otras personas que poseen otra enfermedad.
Los ministros puntualizaron que sin bien la farmacodependencia es una enfermedad y la legislación ordinaria la reconoce como causa de exclusión de delito, esta condición no excluye la conducta que se comete por excederse en la posesión de narcóticos para consumo personal.
La Sala de la Corte negó el amparo a un grupo de presuntos narcomenudistas y sostuvo que fue correcto someterlos a proceso penal y sentenciarlos a pena privativa de libertad, lo que no puede calificarse de desproporcional, pues subrayaron que representa un mayor beneficio la protección a la sociedad en general que la libertad del farmacodependiente.
Recalcaron que estas disposiciones no restringen al adicto el consumo de las sustancias que requiere por el problema de salud que presenta, sino que se evitan que exista una posesión indiscriminada de narcóticos que ponga en peligro la salud de terceros.
En este caso, narcomenudistas solicitaron la reducción y adecuación de la pena a su favor, a partir de las reformas a la Ley General de Salud hechas en el 2009, sobre las cantidades de droga que puede poseer un adicto; sin embargo, la Corte confirmó que los procesados enfrentaron juicio penal por delitos contra la salud.
En total 14 quejosos argumentaron que las dosis que se les encontraron durante su detención eran para consumo personal, pero las cantidades que portaban rebasaban los límites establecidos en la legislación correspondiente, e inclusive algunos de ellos fueron juzgados conforme al Código Penal Federal, por comercializar droga.