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Avanza en la Corte aval a la píldora de emergencia

EL UNIVERSAL

La mayoría de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció por declarar infundada la parte central de los argumentos que usó el gobernador de Jalisco, Emilio González, para pedir que se declarara inconstitucional la Norma Oficial Mexicana 046 que obliga, entre otras cosas, a los médicos a recetar la píldora anticonceptiva de emergencia en casos de violación para evitar embarazos no deseados.

En el segundo día de análisis del juicio que promovió el mandatario jalisciense en contra de la Federación, el ministro Sergio Aguirre Anguiano se quedó solo en sus constantes propuestas tendientes a declarar inconstitucional la norma aprobada por la Secretaría de Salud federal.

El resto de sus compañeros -salvo la ministra Olga Sánchez Cordero quien no estuvo presente en la sesión- se sumaron al proyecto del ministro José Ramón Cossío, quien propuso validar la norma, por estimar que no vulnera la esfera de competencias del gobierno de Jalisco.

Emilio González, en esencia, pidió declarar inconstitucional la norma porque, en su opinión, la atención a las víctimas de delitos le compete "única y exclusivamente" al Ministerio Público; porque las autoridades sanitarias no pueden ofrecer la anticoncepción de emergencia sin una determinación de existencia del delito de violación por parte de la autoridad competente; y porque la norma emitida no puede ser de aplicación obligatoria para todo el país.

Inicialmente los ministros se habían propuesto abordar y dar respuesta sólo al primer cuestionamiento del gobernador, pero conforme se fue desarrollando la sesión la mayoría fue fijando sus posturas en torno a todos los temas.

Y al hacerlo la mayoría llegó a la conclusión de que la norma no vulneró la esfera de competencias y atribuciones del gobierno de Jalisco porque los lineamientos que establece son para regir cuestiones médicas y no penales.

Si lo que la norma autoriza es que a quien se dice víctima de un delito de violación se le ofrezca un anticonceptivo postcoital, es claro, afirmó el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Guillermo Ortiz Mayagoitia, que no se está afectando ni interfiriendo con lo que dice o protege el Código Penal de Jalisco.

La NOM-046 establece que "en caso de violación, las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, deberán, de acuerdo a la norma oficial mexicana aplicable, ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia, previa información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la persona tome una decisión libre e informada.

Pero también señala que "en caso de embarazo por violación, y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de aborto médico a solicitud de la víctima interesada, en caso de ser menor de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables".

"En todos los casos se deberá brindar a la víctima, en forma previa a la intervención médica, información completa sobre los posibles riesgos y consecuencias del aborto, a efecto de garantizar que la decisión de la víctima sea una decisión informada conforme a las disposiciones aplicables".

Al referirse a este punto, el ministro José de Jesús Gudiño, consideró que aún en los casos de aborto por causal de violación, la norma no invadió la esfera de competencias del gobierno de Jalisco, porque "perfectamente la norma está respetando la esfera local y la esfera federal de otras autoridades".

Pese a que la mayoría de ministros se había pronunciado a favor de validar la NOM-046, la votación se aplazó para el jueves próximo, para que también esté presente la ministra Olga Sánchez Cordero, y porque el ministro Sergio Aguirre pidió tiempo para refutar los argumentos de sus compañeros y reforzar su propuesta de invalidar la medida aprobada por la Secretaría de Salud.

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Escrito en: ley antiaborto

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