Analizan ley. El abandono de bienes está considerado en el artículo 22 de la Constitución.
La posibilidad de declarar válido o no el aseguramiento de bienes que hace el Ministerio Público (MP), como parte de sus investigaciones contra el crimen, y que después pasan a ser propiedad del Gobierno si son declarados abandonados, dividió a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La división de criterios generó incluso que el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, advirtiera a sus compañeros, en la revisión del tema, que esta figura, "como combate al crimen ha sido muy efectiva en otros países, y si no permitimos en México que sea igualmente efectiva, no cumplirá la misión constitucional para la que fue creada".
El máximo tribunal inició el análisis de este tema a partir de la revisión de un juicio de acción de inconstitucionalidad en el que un grupo de legisladores locales impugnaron la reforma al artículo 80 del Código Penal de Veracruz, que se establece:
"Los bienes asegurados que estén a disposición de la autoridad investigadora, cuya retención no sea necesaria legalmente y que no hayan sido solicitados en el lapso de seis meses por quien tenga derecho, por acuerdo del agente del Ministerio Público, se adjudicarán al Fisco del Estado".
Esta medida es similar a la que se aplica en la mayoría de las entidades del país y, en particular, en la Procuraduría General de la República (PGR).
El abandono de bienes está considerado en el artículo 22 de la Constitución, que recientemente fue modificado como parte de la reforma penal que impulsó el presidente Felipe Calderón en 2008 para combatir al crimen organizado. Pero los ministros han realizado diversas interpretaciones respecto a la forma en que se debe aplicar esta figura.
Unos, como el presidente de la Corte y la ministra Olga Sánchez Cordero, consideran que el MP sí está facultado para declarar el abandono de los bienes y adjudicarlos al Gobierno; y otros, como el ministro José Ramón Cossío estiman que esta declaración le corresponde a los jueces.
Pero no es el único punto que genera división, las opiniones de los ministros también se dividieron en el tema relacionado con el hecho de si se debe o no de brindar un derecho de audiencia previo a que se declare el abandono de los bienes.
Por este motivo la resolución de este caso se aplazó para la sesión del jueves. La relevancia de este tema ameritó que, en un hecho inusual, el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, que normalmente se limita a dirigir el debate, iniciara una defensa férrea de esta figura.
Ortiz recordó que "normalmente, los bienes que se aseguran son vehículos de toda índole, aéreos, terrestres, marítimos, e incluso dinero en efectivo, tanto nacional como extranjero".
Y, en la mayoría de los casos, explicó el Ministro, se trata de bienes que ya no son reclamados y que son abandonados por los delincuentes porque pueden servir como prueba para acusarlos de diversos delitos.
Ortiz Mayagoitia les dijo a sus compañeros que si dificultaban la aplicación de la figura del abandono se estaría afectando la lucha contra el crimen.