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Cambian reglas para tarjetas

Cambios. Buscan dar mayor protección y seguridad a los usuarios de tarjetas de crédito.  ARCHIVO

Cambios. Buscan dar mayor protección y seguridad a los usuarios de tarjetas de crédito. ARCHIVO

FABIOLA PÉREZ-CANEDO

La Condusef señaló que ya entraron en vigor las nuevas Reglas sobre Tarjetas de Crédito emitidas por el Banco de México, las cuales otorgan mayor protección en caso de robo, clonación o extravío. Se establecen también formatos que permiten la contratación, objeción de cargos y cancelación de la domiciliación, de forma rápida y segura. Adicionalmente, se dispone la manera en que las emisoras de tarjetas de crédito deben determinar el importe del pago mínimo que solicitan a los tarjetahabientes en cada periodo, con el propósito de que en cada pago se amortice parte del capital, reduciendo así su periodo de endeudamiento.

Entre las nuevas reglas emitidas por Banxico respecto a tarjetas de crédito, destacan siguientes medidas de protección: La Emisora de la tarjeta deberá abonar el cargo no reconocido por el Tarjetahabiente a más tardar el segundo día hábil siguiente a la recepción de la reclamación.

Lo anterior, cuando se permite que el Tarjetahabiente realice transacciones presentando la Tarjeta de Crédito en el Establecimiento y su autorización no requiera firmar pagarés, dispositivos ópticos, documentos aceptados por medios electrónicos con el NIP y no sean reconocidos por el Titular dentro de los 90 días naturales siguientes a que se realizaron. Para dicho efecto, la Emisora no podrá requerir que el Titular presente información o realice trámite adicional al de la reclamación a través de una solicitud de aclaración en cualquiera de sus sucursales.

La Emisora deberá abonar en la cuenta del Tarjetahabiente los recursos, a más tardar el cuarto día hábil siguiente a la recepción de la reclamación, cuando los cargos efectuados resulten de operaciones en las que el Tarjetahabiente no presente la Tarjeta en el Establecimiento (por teléfono o Internet) y no sean reconocidos por el Titular dentro de un plazo de noventa días naturales contado a partir de la fecha en que se realicen. En este caso, la Emisora podrá requerir que el Titular presente la reclamación en cualquiera de sus sucursales, mediante una solicitud de aclaración acompañada de copia de la Tarjeta de Crédito y una identificación oficial.

En caso de robo o extravío de la tarjeta, la Emisora deberá informar al Titular a través de su página en Internet o en un documento adjunto al estado de cuenta, el alcance de su responsabilidad por transacciones registradas antes del aviso correspondiente. Para ello, la Emisora deberá abonar los recursos respectivos a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente a la recepción de la reclamación. Cuando se realicen transacciones con la Tarjeta en un Establecimiento durante las cuarenta y ocho horas previas al aviso y el Titular no reconozca algún cargo relativo a dichas transacciones. En este caso el Titular podrá formular la reclamación y presentarla en cualquier sucursal de la Emisora mediante una solicitud de aclaración y una identificación oficial, dentro de un plazo de noventa días naturales contado a partir de la fecha en que haya sido realizado el cargo.

Tratándose de clonación, la Emisora deberá abonar en la Cuenta los recursos a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente a la recepción de la reclamación, cuando el Titular no reconozca algún cargo y lo reclame dentro de un plazo de noventa días naturales contado a partir de la fecha en que haya sido realizado el cargo. El Titular de la tarjeta podrá formular la reclamación y presentarla en cualquier sucursal de la Emisora mediante una solicitud de aclaración, acompañada de copia de la Tarjeta de Crédito y una identificación oficial. Este procedimiento no aplica cuando la Emisora pruebe al Titular mediante la entrega de la constancia del registro de la transacción de que se trate, que ésta fue autorizada en una terminal punto de venta mediante la autenticación del microcircuito integrado (CHIP).

Finalmente se establecen procedimientos más sencillos para la contratación, cancelación y objeción de cargos en la domiciliación, con el propósito de promover este servicio. Para mayor información, puede consultar a la Condusef al 01 800 999 8080.

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Escrito en: Tarjetas de crédito CONDUSEF

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