CEDH. Hubo un mal manejo de la normatividad internacional al enviar una orden de 'silencio' a los medios de comunicación.
La orden de "silencio" enviada por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) a los medios de comunicación estuvo dirigida de manera incorrecta, ya que, a decir del presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) Carlos García Carranza.
El oficio debió mandarse desde el principio a los actores políticos, que son los que, en determinado momento, hacen denostaciones hacia candidatos o partidos. "Fue un mal manejo de la normatividad internacional que manejan ellos, porque no debió haber sido dirigido a los medios", mencionó.
En rueda de prensa, admitió que el envío del documento en mención atenta contra la libertad de expresión: "desde luego, es una limitante que les están poniendo cuando ustedes no son la fuente de esa información (...) Es un modo de censura", afirmó. También, calificó como un error que se trate de impedir la publicación o reproducción de declaraciones de terceros.
Respecto de la sanción que se contempla para quienes "incumplan" la orden, el Presidente de la CEDH refirió: "La sanción no la pueden tener porque al responsable de los hechos es a quien se debe de sancionar, no a los medios". Dijo que previo al envío del documento con el que se pretende evitar que se difundan críticas a los candidatos en los medios, debió haberse agotado el procedimiento de queja. Antes, también tuvo que que haberse comprobado que una publicación causó daño a un tercero.
RECOMENDACIÓN
Para que la CEDH emita una recomendación o medida precautoria "para que no se siga violentando o censurando la libertad de expresión", es necesario que se interponga una queja por parte de los medios de comunicación, según declaró.