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Con Internet, sólo el 8% de los usuarios de celulares

Internet por celular. Los segmentos de menor poder adquisitivo son los que no se han integrado a la web.

Internet por celular. Los segmentos de menor poder adquisitivo son los que no se han integrado a la web.

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La adopción de dispositivos móviles con capacidades de navegación en Internet, facilitan el acceso a banda ancha a 8.0 por ciento de los usuarios de telefonía móvil en México.

De acuerdo con un reporte de la firma de consultoría The Competitive Intelligence Unit (CIU), la banda ancha fija no ha logrado penetrar de manera efectiva en los niveles socioeconómicos más bajos de la población.

Esto se debe, añadió, a que en segmentos de menor poder adquisitivo faltan dispositivos de acceso a la web como computadoras de escritorio, laptops, netbooks o, incluso una tablet, lo que representa una barrera de acceso.

"Es por eso que la adopción de dispositivos móviles con capacidades de navegación en Internet ha logrado sortear esta limitante y proveer el acceso a banda ancha a 8.0 por ciento de los usuarios de telefonía móvil en México".

Destacó que si bien la penetración de usuarios de Internet móvil por nivel socioeconómico tiene un sesgo a niveles altos con 16 por ciento de las personas, no resulta nada despreciable que cinco por ciento de los usuarios móviles de niveles socioeconómicos bajos tengan acceso a la web.

La consultora refiere que a junio de 2010, el segmento móvil contaba con 86 millones 563 mil líneas que generaron ingresos por 53 mil 120 millones de pesos, de los cuales 67.8 por ciento corresponden a Telcel, 14.3 a Telefónica, 5.6 por ciento Iusacell-Unefón y 12.3 por ciento a Nextel. Por su parte, la Comisión Federal de Competencia (CFC) publicó un extracto del acuerdo por el que se inicia la investigación por prácticas monopólicas en el mercado del servicio de interconexión para la terminación de llamadas en teléfonos móviles.

En el Diario Oficial de la Federación, el organismo detalla que dichas prácticas monopólicas objeto de la indagación por denuncia consisten "en la supuesta realización de las conductas señaladas en las fracciones V, X y XI del Artículo 10 de la Ley Federal de Competencia".

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