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Cooperativas y templarios

IMPACTO TRIBUTARIO

En el año de 1307, el rey Felipe IV el Hermoso de Francia, ordenó la captura de ciento treinta y ocho templarios, así como la confiscación de todos sus bienes, alegando que los miembros de la Orden del Temple estaban cometiendo actos de herejía (ritos satánicos y sodomía, entre otros), pero la verdadera razón de la detención de dicho grupo fue que el Rey deseaba apoderarse de su fortuna, quitarles el poder que ejercían en su país, así como en el resto del Continente Europeo, y de paso liberarse de pagar la inmensa deuda que tenía con dicha Orden (Los Templarios fueron los principales banqueros del Papado, así como de varios príncipes y reyes europeos), tras un largo proceso, dicho rey condenó a la hoguera al principal líder, el General Jacques de Molay, junto con varios de sus seguidores, y por si fuera poco, Felipe IV el Hermoso consiguió que el Papa Clemente V suprimiera la Orden del Temple en el año de 1312.

Parece ser que la suerte de las cooperativas mexicanas se asemeja al destino que sufrió la Orden del Temple en el siglo 14, sin la hoguera por supuesto, ya que tal y como siempre pasa en nuestro país, si algo funciona y es productivo, hay que desprestigiarlo y combatirlo, lo anterior lo decimos porque en noticias recientes nos enteramos que por parte del SAT (Servicio de Administración Tributaria), así como de la Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, se está desatando una cacería de brujas en contra del cooperativismo mexicano, las razones que citan dichos organismos es la presunta elusión y evasión fiscal, así como las violaciones laborales que grandes grupos cooperativos están realizando, según dichos organismos, las cooperativas mexicanas están perjudicando a sus miembros porque no los dan de alta ante el Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), ni les pagan aguinaldo ni utilidades, y perjudican las finanzas de varios estados de la República Mexicana al no pagar el Impuesto sobre Nóminas, pero, ¿es esto realmente cierto?

Para responder a dicha pregunta, primero hay que analizar si las acciones que realizan las sociedades cooperativas en México son legales o no, ya que el objetivo del que hoy escribe estas líneas siempre ha sido, es y será, promover la legalidad tributaria, así que comentaremos de manera rápida pero eficaz, tales medidas:

1. Las cooperativas mexicanas, de acuerdo a la Ley General de Sociedades Cooperativas, así como a varias jurisprudencias, no tienen ninguna obligación legal de inscribir a sus miembros con el Infonavit, ya que éstos son socios, y no trabajadores, por lo que los regulan leyes distintas.

2. Las cooperativas mexicanas, de acuerdo a la Ley General de Sociedades Cooperativas, y con fundamento en varias leyes de Hacienda Estatales, no tienen ninguna obligación legal de pagar el Impuesto sobre Nóminas (Por ejemplo, en el estado de Durango están exentas, pero en Coahuila, desde hace dos años, ya no), ya que no tienen trabajadores, sino socios, así mismo, el pago a sus socios se efectúa mediante anticipos de rendimientos estimados, y no sobre sueldos que se vean reflejados en algún tipo de nómina.

3. Las cooperativas mexicanas, de acuerdo a la Ley General de Sociedades Cooperativas, por no tener trabajadores, sino socios a su cargo, no están obligadas a darles las prestaciones que contempla la Ley Federal del Trabajo, y por lo tanto están exentas de cualquier conflicto de índole laboral.

Esperemos que los anteriores comentarios den un poco de luz sobre las cooperativas mexicanas, figura jurídica que pese a sus ahorros fiscales, es poco conocida, por cierto, la ONU (Organización de las Naciones Unidas), declaró el 2012 como el año internacional de las cooperativas, ojalá que para esa fecha haya cooperativas nacionales que lo celebren; agradezco sus comentarios que tenga respecto del artículo al punto de contacto que viene señalado al pie de este escrito.

POR LA CULTURA DE LA LEGALIDAD TRIBUTARIA

Comarca Lagunera, a 18 de julio de 2010.

El Lic. Víctor Eduardo Frías Solís es abogado fiscalista, y promotor de la cultura de la legalidad tributaria, participa en medios radiofónicos de la región; así mismo colabora con las revistas de difusión de la Canacoto y Canacintra Torreón, también asesora a varias cámaras y grupos empresariales de la Comarca Lagunera; Tel. / Fax / Correo de Voz: (01-871) 716-49-48, Correo Electrónico: victorfrias@prodigy.net.mx

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