Consignaciones. Hasta ahora se ha logrado consignar a 20 personas con la nueva Ley.
A casi 5 meses que entró en vigor la Ley que permite la persecución de oficio a la piratería, aún no se tiene ninguna sentencia, pues hay jueces que desconocen la legislación, o que consideran que la venta de piratería no es un delito que deba castigarse, dijo Francisco Trejo, funcionario de la Procuraduría General de la República.
"No podemos hablar de sentencias en relación a la reforma, porque hemos tenido algunos problemas de carácter técnico-penal, al momento de consignarlos ante los órganos jurisdiccionales.
"Hay algunos jueces que todavía no conocen la reforma; tengo un caso en el que me decretaron libertad a tres personas que se pusieron a disposición, pero la jueza segundo de distrito estableció que no habíamos cubierto el requisito de procedibilidad, cuando éste ya no se debe solicitar para ejercer la acción penal", explicó el titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial.
Aunado a ello, agregó Trejo, hay jueces que establecen que quienes venden piratería lo hacen por una necesidad imperiosa, por lo que no ven necesario un castigo.
Al ser cuestionado sobre si son los jueces quienes están impidiendo la aplicación de la reforma a la Ley Federal de Propiedad Industrial, para perseguir de oficio a la piratería, el funcionario respondió que sí se tiene un problema de orden técnico. "No es posible que los jueces de distrito no conozcan la reforma penal a la fecha, ni los alcances de la misma; no es que le estemos echando la culpa a los órganos jurisdiccionales, ni estemos responsabilizando a los jueces, pero sí tenemos un problema de orden técnico", señaló.
A raíz de la puesta en vigor de la Ley antipirata, comentó el funcionario, la PGR ha establecido una estrategia a través de la cual se está conformando un padrón de mercado en las delegaciones políticas Cuauhtémoc, Álvaro Obregón y Benito Juárez, para detectar la venta de piratería.
Hasta ahora, mencionó Trejo, se ha logrado consignar a 20 personas, sin embargo, dado que los procesos duran por lo menos 6 meses, no se ha logrado sentenciar a ninguna.
Las reformas la Ley de la Propiedad Industrial establecidas a finales de junio dieron a la autoridad la facultad de perseguir, detener y sancionar a vendedores de objetos falsificados de marcas protegidas, sin necesidad de una denuncia. El Decreto reformaba los artículos 429 del Código Penal Federal y 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial. En éste se determinaron penas de 2 a 6 años de prisión y multas de 100 a 10 mil días de salario mínimo, para vendedores de piratería, bajo cualquier modalidad.