La i Laguna

EDICTO

LA I LAGUNA

En los autos del expediente número

, relativo a la

Promovida por

Se dictaron dos autos, los que copiados a la letra textualmente dicen:-

Torreón, Coahuila, a (16) dieciséis de junio del año (2010) Dos Mil diez.--

- - - Visto el escrito de cuenta de la promovente MA. DEL ROSARIO DE LA TORRE GUTIÉRREZ, juntamente con una certificación del Registro Civil, téngasele por haciendo las manifestaciones a que se refiere en el que se provee, y con las mismas, así como con el anexo que acompaña por dando cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha ocho del mes y año en curso, por lo que se procede acordar su diversa instancia con fecha de recibo cuatro del presente mes y año, en los siguientes términos: Visto el escrito de cuenta juntamente con los anexos que obran en autos, fórmese expediente respectivo y regístrese en el libro de Gobierno bajo el número estadístico que le corresponda.

Examinada que es la presente, se resuelve que reúne los requisitos exigidos por la Ley, que con los documentos que se acompañan se encuentra debidamente justificada la legitimación activa de la parte actora, y el procedimiento intentado es procedente, por lo que la suscrita Jueza se considera competente para conocer del mismo, declarando bajo protesta de decir verdad, conocer los requisitos que la Ley establece para determinar la capacidad objetiva y subjetiva que se cumplen en el presente caso, sujetándose a las consecuencias legales que sus actuaciones originen, conforme a lo dispuesto por el Código Adjetivo. En consecuencia se admite la demanda y se tiene a MA. DEL ROSARIO DE LA TORRE GUTIÉRREZ, por promoviendo el PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA de su cónyuge ALBERTO JAVIER BLANCHET HERAS, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 655 del Código Civil y como medida preventiva se declara a la ocursante como Administradora de los bienes del ausente y como su Representante Legal. Dése vista a la C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ADSCRIPCIÓN, con domicilio conocido en ésta ciudad, para que dentro del plazo de TRES DÍAS manifieste lo que a su Representación Social corresponda. Se señalan las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, a fin de que tenga verificativo en éste Juzgado la recepción de la información testimonial ofrecida por la promovente y a cargo de ADOLFO FRANCISCO OLIVAS JURADO Y ROBERTO MUÑOZ ALBA. No señalándose la fecha dentro del término de ley, en virtud de que las labores de éste Juzgado no lo permiten. Proceda el C. Actuario de la Adscripción a requerir a la promovente para que el día y hora antes señalado presente a los testigos antes mencionados, a fin de que comparezcan a la audiencia de referencia, con el objeto de que sean examinados con tal carácter, apercibida que en caso de no hacerlo, se declarará desierta dicha probanza, atento a lo establecido por el artículo 482 del Código Procesal Civil vigente. Procédase a citar a ABELARDO BLANCHET Y ROSARIO HERAS, con domicilio ubicado en CALLE AMALIA NÚMERO 800 RESIDENCIAL ALAMEDAS TERCERA SECCIÓN DE LA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA, para que se presenten ante éste Juzgado dentro del término de seis meses. En virtud de que las padres del ausente tienen su domicilio fuera de la jurisdicción de éste Tribunal, con los insertos necesarios gírise atento exhorto al C. Juez Competente de lo Familiar con jurisdicción en la ciudad de los Mochis, Sinaloa, para que en auxilio de las labores de éste Juzgado y por conducto del C. Actuario de su adscripción se sirva citar a los señores ABELARDO BLANCHET Y ROSARIO HERAS, en el domicilio señalado en autos. Prevéngase a los antes mencionados para que en su primer escrito señalen domicilio en ésta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibiéndolos que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se harán en los estrados de éste Juzgado. Se autoriza al Juez exhortado para que acuerde promociones, cambios de domicilio, expida copias certificadas y realice cuantas actuaciones sean necesarias para su debida diligenciación. Y hecho que sea lo anterior se sirva devolver el presente exhorte debidamente diligenciado. Requiérase a la promoverte, a fin de que cumpla con las cargas procesales que le imponen los artículos 126 del Código Procesal Civil en relación con los artículos 24 y 30 del Reglamento de la Función Actuarial de los Órganos Jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, proporcionando los medios de conducción indispensables o trasladando al C. Actuario de la adscripción a fin de que esté en aptitud de realizar las notificaciones ordenadas en el presente proveído. El auto se funda en lo dispuesto por los artículos 109, 110, 111, 112, 113 y 114 del Código Civil y 155, 156, 228, 229, 242, 655, 656 y 657 del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y LISTESE. Artículo 211 fracción I del Ordenamiento legal en cita. Así lo acordó y firmó la C. Licenciada MAYELA GUADALUPE GARZA GARCÍA, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Viesca con residencia en ésta ciudad, ante Secretaria de Acuerdo y Trámite, LICENCIADA GIOVANNA LETICIA ZORRILLA CARRIZALES, que autoriza y DA FE.-

Torreón, Coahuila, a (22) veintidós de junio del año (2010) Dos Mil diez.

- - - Visto el estado procesal de los presentes autos, y tomando en consideración que el proveído de fecha 16 de junio del año en curso fue omiso de proveer respecto de la publicación de edictos con el propósito de mandar citar al ausente ALBERTO JAVIER BLANCHET HERAS como lo establece el articulo 655 del Código Procesal Civil y con fundamento en el articulo 416 del Ordenamiento Legal en cita, se regulariza el presente procedimiento a efecto de que se publiquen edictos en el Periódico Oficial del Estado y en dos de los periódicos de mayor circulación del domicilio de Alberto Javier Blanchet Heras, a fin de que en el plazo de 6 meses se presente ante este Tribunal para los efectos legales que estime pertinente y agréguese a los autos el de cuenta, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14, 155, 156 y 242 del Código Adjetivo. NOTIFÍQUESE Y LISTESE.- Así acuerda y firma la C. Licenciada MAYELA GUADALUPE GARZA GARCÍA , Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de los Familiar con residencia en ésta ciudad ante Secretaria de Acuerdo y Trámite, LICENCIADA GIOVANNA LETICIA ZORRILLA CARRIZALES.- DOY FE.------------------------------

Torreón, Coahuila., 10 de Septiembre de 2010.

LA C. SECRETARIA

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