Estados de cuenta. Los contadores públicos recomiendan para acreditar el 1 por ciento de la nueva tasa del IVA, usar los estados de cuenta bancario si se pagó con cheque o tarjeta de crédito. ARCHIVO
Nada complicado será la facturación del IVA. Mucho se ha dicho de lo complicado que será para las empresas la expedición de comprobantes con la nueva tasa del 16 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sin embargo, las nuevas reglas publicadas el 28 de diciembre de 2009 dan la facilidad de utilizar los estados de cuenta bancarios como comprobantes cuando las operaciones de pago se realicen con cheque, traspaso bancario o tarjeta de crédito.
Octavio García Aymerich, vicepresidente de Relaciones y Difusión del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna, comentó que a partir del primero de enero de 2010 entró en vigor el alza de impuestos, como lo es la nueva tasa del 16 por ciento del IVA a nivel nacional y en la frontera del 11 por ciento.
Dijo que la pregunta constante que ha escuchado por parte de los contribuyentes es saber qué es lo que sucede con las operaciones ya efectuadas hacia el 31 de diciembre de 2009 y cómo cobrarlas o pagarlas en 2010, a qué tasa debe hacerse al 15 o al 16 por ciento.
Para ello, respondió que el IVA y el IEPS aplican la regla que se deben de pagar al momento de que exista el flujo de efectivo. Indicó que si se expide la factura en diciembre, con una tasa del 15 por ciento y se cobra en 2010, tendrá que cobrarla a una tasa del 16 por ciento.
En cuanto a los comprobantes que se deben expedir o solicitar, según sea el caso, si se deben sustituir los ya existentes o qué se debe hacer, García Aymerich indicó que gracias a las nuevas reglas que fueron publicadas en la resolución miscelánea se precisa que el contribuyente podrá expedir una nota de cargo para cobrar ese complemento adicional del 1 por ciento o en su defecto, comprobar ese 1 por ciento adicional simplemente con el estado de cuenta bancario.
Dijo que para esto último sólo será aplicable cuando las operaciones se paguen con cheque, se realice un traspaso bancario o pague con tarjeta de crédito. En este caso, será suficiente el estado de cuenta como complemento de comprobante. Para quienes paguen con efectivo deberá entregarse una nota de cargo por ese concepto.
Una noticia buena que contempla las reglas es que existe la posibilidad que se respete la tasa del 15 por ciento cuando se pague o cobre del primero al 10 de enero de 2010. Aclaró García Aymerich que esto es una opción y tendrá que estar de acuerdo ambas partes.