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Evita caer en las garras de las escuelas 'patito'

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Cristal Barrientos

Muchos padres de familia sacrifican lujos, viajes, cenas fuera de casa, e incluso vacaciones, para que sus hijos estudien en escuelas particulares, pues consideran que este gasto es su mejor inversión y herencia. Sin embargo, para que esos sacrificios valgan la pena es importante que los padres de familia investiguen si el colegio donde estudian sus hijos cuenta con todos los requisitos que exige la Secretaría de Educación Pública, pues de lo contrario enfrentarán una serie de problemas al comprobar que tiraron su dinero a la basura en “escuelas patito”.

Requisitos

A través de Brújula de Compra, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), explica que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP) con facultades conferidas por la Ley General de Educación (LGE), otorga registros para garantizar que la educación impartida por particulares sea de calidad.

Según la Profeco, el gobierno ha tomado medidas importantes para medir la calidad de la educación como la prueba Enlace para la primaria y la verificación, revisión y supervisión de los Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de escuelas de educación media superior, nivel educativo que incluye bachillerato y carreras técnicas.

Cabe señalar que este reconocimiento es para cada plan de estudios como puede ser el Bachillerato, Inglés, alguna carrera técnica o cualquier otra relacionada con la formación para el trabajo, y esto significa que una institución podría tener más de un RVOE.

La misma LGE señala que este trámite no aplica a quienes imparten educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

Brújula de Compra de la Profeco da a conocer la siguiente información con el objetivo de que los padres de familia no inviertan su dinero en escuelas “patito”:

¿Quiénes requieren el reconocimiento de sus estudios?

A diferencia de los estudios de educación básica, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, la Ley General de Educación permite que los estudios de bachillerato, así como los de formación para el trabajo, sean impartidos libremente por los particulares (Art. 54). Sin embargo, para que los estudios sean válidos, se requiere que sean reconocidos por la autoridad educativa, para lo cual se verifica que satisfagan tres condiciones:

a) Que cuenten con instalaciones apropiadas; b) personal docente adecuado; c) planes y programas autorizados (Art. 55).

El reconocimiento obtenido por una institución particular la incorpora al sistema educativo nacional. En México operan instituciones particulares que tienen reconocimiento y otras que no lo tienen, por eso, en ocasiones se habla de “escuelas incorporadas” y otras que son “no incorporadas”.

Si alguna persona o escuela imparte estudios de educación media superior sin contar con el reconocimiento de validez oficial de estudios, comúnmente conocido como RVOE, no está dentro del sistema educativo nacional y no puede expedir el certificado correspondiente, lo cual significa que no puede entregar a sus alumnos el único documento legal para hacer válidos los estudios realizados.

Es importante mencionar que ningún diploma, reconocimiento o constancia que expida una escuela sin reconocimiento puede sustituir al certificado de estudios. Para decirlo de otra manera: Sólo puede obtenerse un certificado de estudios de educación media superior, si se estudia en una escuela oficial o en una con reconocimiento (que tenga un RVOE).

¿Cómo comprobar si la escuela seleccionada tiene estudios reconocidos?

Todas las instituciones educativas, por mandato de la ley, tienen la obligación de mostrar en su publicidad si tienen reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE), así como anotar en la misma la clave que le asignó la autoridad educativa.

Si los datos del RVOE no estuvieran en la publicidad, entonces la persona interesada debe solicitarlos directamente en el plantel. Las familias deben desconfiar de una institución que no informe si sus estudios están incorporados o se niegue a mostrar el RVOE que ampara el servicio educativo que ofrece.

Advertencia: No existen los “reconocimientos en trámite”. Una escuela que informe que su RVOE está en “trámite”, en realidad no tiene sus estudios reconocidos y además, en el supuesto de que efectivamente lo esté tramitando, no puede garantizar a sus estudiantes que el reconocimiento le será otorgado por la autoridad educativa.

¿Quién otorga los reconocimientos oficiales de estudios?

El reconocimiento a la educación impartida por particulares puede ser otorgado tanto por el gobierno federal, a través de la Secretaría de Educación Pública, como por los gobiernos estatales, a través de la autoridad educativa local.

Los alumnos que estudian en escuelas sin Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios corren el riesgo de estar en una situación irregular y de que sus estudios pudieran no ser válidos. Asimismo, en caso de haber problemas de cualquier tipo con el plantel, desde la calidad de los servicios ofrecidos hasta la entrega y validez de la documentación que avale los estudios, los estudiantes tendrán que acudir ante la autoridad educativa de un estado distinto al que están viviendo.

b) La SEP, como autoridad federal, otorga el RVOE para instituciones que desean operar en cualquier estado de la República; sin embargo, también puede ocurrir que alguna institución establezca “extensiones”, las cuales tienen el mismo tipo de problemas ya mencionados.

Ante quién acudir en el caso de problemas con la calidad de los estudios

Cuando se presentan problemas con el funcionamiento de las escuelas particulares, debe acudirse ante la autoridad que expidió el RVOE, que como se ha dicho puede ser la SEP, la autoridad estatal o la institución autónoma, según sea el caso.

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