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Genera incertidumbre el Renaut: IFAI

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) consideró que el Proyecto de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que regula el Renaut, genera incertidumbre por las imprecisiones jurídicas.

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) consideró que el Proyecto de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que regula el Renaut, genera incertidumbre por las imprecisiones jurídicas.

Notimex

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) consideró que el Proyecto de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que regula el Renaut, genera incertidumbre por las imprecisiones jurídicas.

En un comunicado, la Dirección de Clasificación y Datos Personales precisó que ello vulnera la seguridad y protección de los datos personales de los ciudadanos, principalmente, en la transmisión de información de la sociedad entre dependencias.

Al presentar los comentarios al proyecto de reglamento, que se hicieron llegar a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), el IFAI consideró necesario aclarar ciertos aspectos.

El instituto destacó la necesidad de definir con precisión y claridad la autoridad que estará a cargo de la administración del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) y los datos personales que recabarán y conservarán cada uno de los actores para el Registro de Usuarios.

También es importante que incluya una disposición que no deje duda que los datos que se recabarán y conservarán en el marco de dicho registro son aquellos catalogados como de tráfico y localización, lo que no incluye el contenido de las comunicaciones.

Asimismo se requiere incluir una disposición que establezca que el tratamiento de los datos personales deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la normatividad en la materia.

Añadió que las disposiciones deberán detallar con precisión las medidas de seguridad que deberán tomar los proveedores y comercializadoras para la transmisión de datos personales.

El IFAI pidió, asimismo, conocer las obligaciones de cada actor (proveedores y comercializadoras de servicios, por una parte, y por la otra, autoridades) respecto de los datos a recabar, conservar y transmitir, para que ante alguna contingencia o actos fuera del marco de la ley sean identificables e imputables las responsabilidades.

Asimismo solicitó incluir una disposición que establezca la obligación de los proveedores y comercializadoras de poner a disposición de los usuarios el aviso de privacidad, así como de informarles las consecuencias de no proporcionar sus datos para su registro.

Por otra parte, consideró conveniente derogar las Reglas del Renaut, a fin de concentrar en el Proyecto de Reglamento las disposiciones pertinentes con objeto de dar certeza jurídica sobre obligaciones, responsabilidades y procedimientos.

En ese sentido, llamó a fundamentar debidamente la facultad que se está otorgando a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para realizar cotejos y compulsas de la información con otros registros públicos.

El IFAI consideró fundamental todo lo anterior 'pues está en juego la definición de quién tendrá la obligación de recabar datos como las huellas dactilares y otros de carácter personal', finalizó.

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