Durango

IMPUGNACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS

MARTHA PATRICIA GUERRERO DURÁN

El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, entre dichas resoluciones se encuentran aquellas que imponen multas por infracción a las normas administrativas federales, como lo son aquellas impuestas por la PROFEPA, la PROFECO, la CONDUSEF y en general todas aquellas autoridades administrativas federales que imponen multas a los particulares por infracciones a la Ley.

La demanda deberá presentarse dentro del plazo de cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada, ante la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que corresponda al domicilio dequien demanda.

La Demanda incluirá el nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones en cualquier parte del territorio nacional; la resolución a impugnar; la autoridad o autoridades demandadas. Además, se complementará con hechos que den motivo a la demanda, pruebas que ofrezca, conceptos de impugnación, nombre y domicilio del tercero interesado, cuando lo haya; y lo que se pida, señalando en caso de solicitar una sentencia de condena, las cantidades o actos cuyo cumplimiento se demanda.

El demandante deberá adjuntar a su demanda una copia de la misma y de los documentos anexos para cada una de las partes, el documento que acredite su personalidad cuando promueva el juicio en nombre de otro, el documento en que conste la resolución impugnada.En el supuesto de que se impugne una resolución negativa ficta, deberá acompañar una copia en la que obre el sello de recepción de la instancia no resuelta expresamente por la autoridad; la constancia de la notificación de la resolución impugnada. Cuando no se haya recibido constancia de notificación o la misma hubiere sido practicada por correo, así se hará constar en el escrito de demanda, señalando la fecha en que dicha notificación se practicó.

Se llevará también el cuestionario que debe desahogar el perito, si se hubiera ofrecido la prueba pericial, el cual deberá ir firmado por el demandante, además del interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial, en caso de que esta hubiera sido ofrecida, el que debe ir firmado por el demandante y las pruebas documentales que ofrezca.

El Instituto Federal de Defensoría Pública, a través de los Asesores Jurídicos Federales ofrece el servicio de asesoría jurídica gratuita, para la tramitación del Juicio Contencioso Administrativo Federal.

Para la prestación del servicio, se requiere que el interesado acuda personalmente a solicitarlo y que aporte la resolución administrativa dictada por la autoridad administrativa federal que le haya impuesto la multa, así como la constancia de su notificación, los demás documentos relacionados con el asunto y su credencial de elector.

Estamos a sus órdenes en el Palacio Federal, Ala Norte, Tercer Piso, teléfonos 8- 14- 25- 55, 8- 14- 52- 97, 8-14- 70- 71 y 8-14- 81- 56.

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