Gays. El domingo, el centro tapatío fue el escenario de las manifestaciones a favor y en contra de la actuación del cardenal de Guadalajara.
La Defensoría de Oficio del Gobierno del Distrito Federal interpuso un recurso de amparo en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por negarle la afiliación a una mujer, cónyuge de una trabajadora asegurada desde 2005 en esta institución.
La administración local explicó que Lolkin Castañeda, quien contrajo matrimonio el 11 de marzo con Judith Minerva, solicitó la inscripción de su pareja ante al IMSS luego de informar su cambio de estado civil, el 12 de abril, con el fin de extender los beneficios de la seguridad social a su compañera.
Sin embargo, el Instituto negó el servicio al notificarles a través de un oficio, fechado el 2 de agosto, que por impedimentos legales contenidos en la propia Ley del organismo no era procedente su petición.
El IMSS informó que el Congreso de la Unión definió sólo como beneficiarios del asegurado a personas de género distinto al de los asegurados, por lo cual no era posible acceder a la petición.
Las afectadas solicitaron asesoría de la Defensoría de Oficio de la Consejería Jurídica del Distrito Federal por considerar inconstitucionales algunos de los artículos que las autoridades federales utilizaron como argumento para la negativa.
El recurso de amparo promovido impugna como inconstitucionales los artículos 64, 65, 66, 84, 127, 130, 133, 140 y 165 de la Ley del IMSS, los cuales hacen una distinción prohibida por el Artículo 1º constitucional y evitan la observancia del Artículo 121, el cual establece el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo en todo el país, con alcance ante las autoridades federales.
El Artículo 5to-A, de la propia Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social define como beneficiarios, a el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste la concubina o concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado, sin que se establezca condicionantes de género para la protección social.