El Banco de México dio un paso adicional en la regulación de las comisiones bancarias y el día de hoy publica en el Diario Oficial de la Federación la prohibición del cobro de algunas comisiones y la limitación de otras.
Se prohíben las comisiones por retiros de efectivo, consultas de saldo, depósitos en cuenta y pago de créditos, en ventanilla y en cajeros automáticos operados cuando éstas correspondan al banco en el que es cliente el cuentahabiente.
De igual forma, se prohíben los cobros de comisiones por pago extemporáneo de créditos cuando en el mismo periodo se cobren intereses moratorios.
El banco central también suprime el cobro de comisiones por no utilizar durante un año calendario la tarjeta de crédito si durante el mismo periodo se cobra una comisión por anualidad o algún otro concepto equivalente.
También se impide cobrar comisiones a los clientes que liquidan un crédito hipotecario por las gestiones que las entidades financieras realicen para que se proceda a la cancelación de la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad.
Por el lado de las restricciones, el Banco Central informó que se limitan las comisiones que podrán cobrarse por intento de sobregiro por emitir un cheque sin fondos. Además, se restringen las comisiones por no mantener un saldo mínimo requerido en la cuenta de depósito.