EDITORIAL Caricatura editorial columnas editorial

Los aspirantes presidenciales están desbocados

Jesús Cantú

Los aspirantes a la Presidencia de la República para la sucesión del 2012 están desbocados. A todos les corre prisa por posicionarse entre el electorado y, por lo mismo, recurren a todos los medios posibles para hacerlo, pero olvidan que por primera ocasión la legislación electoral establece con precisión los períodos y tiempos para realizar precampañas y campañas y éstos inician hasta el 11 de diciembre de 2011, por lo cual todo lo que realicen antes de esa fecha puede resultarles contraproducente.

El artículo 354 del Cofipe señala con precisión que la sanción para la realización de actos anticipados de precampaña o campaña puede sancionarse con la negativa o cancelación del registro respectivo. En su caso, primero corresponderá al partido o coalición, en la cual se presente para competir por la candidatura, revisar que los precandidatos no hayan incurrido en dicha violación; pero si dicha institución no lo hace, el Instituto Federal Electoral lo puede realizar.

El Consejo General del IFE consideró infundadas las denuncias del PAN en contra de Andrés Manuel López Obrador y el PT. La resolución señala, apoyada en los antecedentes emitidos por el Tribunal Electoral, que el valor jurídicamente tutelado en la prohibición de realizar actos anticipados de campaña es “mantener a salvo el principio de equidad en la contienda”, lo que se rompería si uno o unos de los contendientes no respeta( n) los tiempos legales, pues “la promoción o difusión de un precandidato o candidato en un lapso más prolongado, produce unmayor impacto o influencia en el ánimo y decisión de los votantes, en detrimento de los demás participantes que inician su precampaña o campaña en la fecha legalmente prevista.”

El IFE considera que únicamente puede emitir “la calificación de actos anticipados de precampaña o campaña… durante el desarrollo del proceso electoral y nunca fuera de éste”, pues es en ese momento donde puede apreciar y determinar “la afectación real que pudiera generarse al principio de equidad”, ya que para ello depende de que el responsable de los actos participe en el proceso electoral; que las manifestaciones tengan como propósito fundamental presentar una plataforma electoral o promover una candidatura; y que “existan pruebas suficientes que permitan acreditar que el presunto responsable de haber cometido actos anticipados de precampaña o campaña actuó de forma reiterada, sistemática, intencional, consciente, etc., con el propósito de posicionar su imagen frente al electorado en una situación ventajosa frente al resto de los participantes en el respectivo proceso electoral federal.”

De acuerdo a estos razonamientos el IFE no exoneró a los actores políticos pues –aunque no lo hace explícito— implícitamente se reserva el derecho de calificar dichos actos al inicio del proceso electoral, cuando cuente con elementos suficientes para hacerlo. Y la eventual consecuencia de ello es el rechazo o la cancelación del registro de un precandidato o candidato. Interpretar la resolución del IFE en el sentido de que únicamente puede haber actos anticipados a partir del inicio del proceso electoral (de acuerdo al Cofipe en la primera semana de octubre del 2011) equivale a pensar que los aspirantes tienen un año para hacer campaña, sin ser sancionados; lo único que no podrían hacer es comprar tiempos en radio y televisión, pero sus respectivos partidos sí podrían posicionarlos, como hace el PT con AMLO.

Y en futuros procesos implica que salvo los meses previos a la selección interna de candidatos, pero ya con el proceso electoral formalmente en marcha; y el período comprendido entre la selección interna y el registro de candidatos, todo el resto del tiempo sí se puede hacer campaña. La interpretación sensata y razonable es que el IFE se reserva el juicio para el momento en que se sabe si los aspirantes se convierten en precandidatos o candidatos; si sus postulados se transforman en plataforma electoral o slogans de campaña; y si hubo continuidad o no en sus acciones.

Esto vale para todos los aspirantes que hoy promueven su imagen o presentan su plataforma electoral a través de “escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, expresiones, así como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos [actos o manifestaciones] en que los aspirantes o precandidatos a una candidatura se dirijan a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general”. Esto incluye la presencia en los medios masivos de comunicación, pero también en Internet y cualquier otra vía.

El priista Manlio Fabio Beltrones, actual presidente del Senado, colocó esta semana en Internet un mensaje en el que propone “reordenar el país… para que México vuelva a crecer, vuelva a crear y vuelva a creer en sí mismo”. El 30 de septiembre, el Jefe de Gobierno capitalino, Marcelo Ebrard, participó en la presentación de la Fundación “Equidad y Progreso”, que pretende “construir la plataforma y plan de gobierno” para el candidato de la izquierda mexicana.

El gobernador Enrique Peña Nieto, también ya tiene su promoción en Internet y aprovecha los múltiples “espacios informativos” que le brindan las televisoras para “promover su imagen y difundir su plataforma”, pero ya dijo el Tribunal que lo que determina el carácter de propaganda o información es el contenido del mensaje, no si se transmitió en tiempos comerciales o no.

Los aspirantes deben ser muy cuidadosos, pues sus eventuales contendientes deben estar documentando todo lo que ellos consideren “actos anticipados de campaña”, para presentar sus quejas en el momento oportuno. Una posibilidad, no descartable, es que finalmente ninguno de los actuales aspirantes aparezca en la boleta, precisamente porque se les niegue o cancele el registro, y surjan nuevos candidatos, hasta hoy muy poco conocidos.

Leer más de EDITORIAL

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de EDITORIAL

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 569606

elsiglo.mx