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Necesario análisis de jurisprudencia respecto a cálculo de pensiones

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El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) consideró importante que el Consejo Técnico del IMSS analice a profundidad los efectos de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto al cálculo de las pensiones.

En el IMCP nos preocupa la forma en cómo ha venido resolviendo la Corte, dado lo que hemos visto en otros casos, como en la sesión del IETU, donde se privilegió más el impacto económico y no el jurídico, opinó el presidente del organismo, Luis Raúl Michel Domínguez.

Resaltó que una vez que la SCJN envíe el engrose de la jurisprudencia al Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, tanto el sector obrero como el patronal lo rechazarán.

A su vez, recordó que la Segunda Sala de la SCJN resolvió jurisprudencia que señala que el límite superior que debe considerarse como base para determinar pensiones por seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte es por el equivalente a 10 veces el salario mínimo y no 25, como se calcula.

Michel Domínguez aclaró que de aplicarse esta tesis, se afectará a trabajadores que se pensionen y decidan aplicar lo dispuesto en la Ley de 1973, cuyos salarios cotizados son superiores a 10 veces, toda vez que su pensión estará limitada a 10 veces, cantidad que equivale a 16 mil pesos mensuales.

Al respecto, comentó que de conformidad con la Ley de Amparo, la aplicación de esta tesis jurisprudencia es obligatoria para los tribunales.

Ahora bien, dijo, de 1997 a la fecha, el IMSS ha resuelto en el tema de pensiones sin afectar a los particulares, es decir, para pagar dichas pensiones se ha considerado el tope de 25 veces el salario mínimo, lo cual representa aproximadamente 40 mil pesos mensuales.

El presidente del IMPC comentó que algunos legisladores han externado su preocupación en el sentido de que se estima que esta resolución tendrá alcances suficientes como para afectar al millón 217 mil trabajadores que hoy cotizan entre 11 y 25 salarios mínimos, y quienes verían reducida su pensión hasta en 60 por ciento.

En ese sentido, consideró importante esperar a que el Consejo Técnico del Instituto determine la forma en que aplicarán dicha jurisprudencia.

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