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No pasa penalización del aborto en Veracruz

EL UNIVERSAL

Al no reunir los votos necesarios, el pleno del Congreso de Veracruz dio marcha atrás a la intención de garantizar constitucionalmente “el derecho a la vida desde el momento de la concepción”, con lo que se impidió penalizar el aborto.

Durante sesión ordinaria del Poder Legislativo estatal, no se alcanzaron los 34 votos requeridos (fueron 24 votos a favor, 7 en contra y dos en abstención) para aprobar dichas reformas legales constitucionales que se habían admitido, en una primera votación, en noviembre del año pasado.

Y es que para que las reformas constitucionales sean válidas deben ser aprobadas en dos periodos ordinarios de sesiones del Congreso del estado; la primera votación a favor fue en noviembre del año pasado y la segunda se sometió al pleno este jueves sin que pudiera ser ratificada.

Con ello, quedaron sin efecto los cambios constitucionales que buscaban “garantizar el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural”, que habían impulsado los grupos legislativos de PRI y PAN.

Legisladores de Convergencia, PRD, PT y la priísta Dalia Pérez Castañeda, consideraron que esa malograda reforma constitucional era retrograda porque automáticamente penalizaría el aborto.

La diputada perredista Margarita Guillaumin Croda consideró que con esa reforma se condenaría a las mujeres a los abortos clandestinos, por lo que celebró su rechazo.

El convergente Alfredo Tress recriminó la contradicción del Congreso de Veracruz, toda vez que el año pasado con la reforma al Código Penal se despenalizó el aborto protegiendo a la mujeres, pero ahora se les dejaba en estado de indefensión.

La directora del Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), Martha Mendoza Parissi, celebró que los legisladores no hayan aprobado la reforma al artículo 4 de la Constitución Política del Estado, que garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.

“Me parece que es una medida que tendría que evaluarse, discutirse mucho, porque desde luego con una medida así se pone en riesgo la decisión de las mujeres… celebro que la medida no haya pasado”, dijo la funcionaria.

El año pasado se aprobó también una reforma al Código Penal de Veracruz para establecer que a la mujer que provoque o consienta su aborto, se le impondrá, en libertad, un tratamiento médico integral provisto por el estado y multa de 75 días de salario mínimo. Es decir, eliminaron la pena de cárcel.

Pero, en el caso de reincidencia, se aplicará pena privativa de libertad de uno a cuatro años de prisión y multa de cien días de salario mínimo.

El mismo artículo aprobado señala que a la persona que haga abortar a la mujer con su consentimiento, se le impondrán de cuatro a siete años de prisión y multa de hasta de 75 días de salario.

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Escrito en: ley oborto

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