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Nueva burla de Ulises Ruiz

JESÚS CANTÚ

El viernes 15 de abril el Congreso del Estado de Oaxaca exoneró al gobernador Ulises Ruiz de cualquier violación al artículo 134 de la Constitución por utilizar recursos para promover su imagen personal, a pesar de que el Consejo General del IFE y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideraron, en su oportunidad, que sí se violó dicha norma.

El 5 de mayo de 2009, en medio de las campañas electorales de los diputados federales, tres camionetas asignadas al programa social "Conunidad", del gobierno del estado de Oaxaca, brindaban información y servicio a la comunidad en la parte media de un parque ubicado en el centro de la ciudad de Oaxaca, cada una de ellas presentaba el logotipo del estado con la leyenda "DE CARA A LA NACIÓN" "CONUNIDAD PROGRAMAS SOCIALES" "PARA ESTAR CERCA DE QUIENES ESTÁN MÁS LEJOS" "UNIDADES MÓVILES", así como, la imagen de Ulises Ruiz saludando de mano a un grupo de ciudadanos.

Estos hechos fueron denunciados por Convergencia ante el IFE y el 12 de junio de 2009, el Consejo General concluyó que "...esta autoridad estima que la propaganda denunciada contraviene lo previsto en el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 347, párrafo 1, inciso d) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el artículo 2, inciso a) del Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Propaganda Institucional y Político-Electoral de Servidores Públicos..." Así como, "...que la propaganda motivo del presente procedimiento influye en la equidad de la contienda electoral...". En función de dichas conclusiones, resolvió dar vista a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca y ordenó al gobernador retirar la citada propaganda en 24 horas.

La resolución fue impugnada ante el TEPJF, también por Convergencia, porque consideraba que se debía dar vista al Congreso del Estado, para que en el ámbito de sus atribuciones definiera si existían responsabilidades administrativas, políticas o penales del gobernador. La Sala Superior le dio la razón al partido político y ordenó "modificar la resolución impugnada para el efecto de que el Consejo General del Instituto Federal Electoral dé vista al Congreso del Estado de Oaxaca para que, conforme a sus facultades, determine lo que en derecho corresponda sobre la utilización de recursos públicos por parte del C. Gobernador Constitucional del estado de Oaxaca, Ulises Ernesto Ruiz Ortiz."

El gobernador interpuso un amparo ante el Juzgado Primero de Distrito en el estado de Oaxaca, que negó dicha solicitud; y recurrió dicha sentencia ante el Tribunal Colegiado, que la semana pasada confirmó la sentencia.

El pasado viernes 15, el Congreso del Estado aprobó por 23 votos a favor, de 22 diputados priistas y uno del Panal, y 7 en contra, de los legisladores del PAN, PRD y Convergencia, un dictamen que señala: "El Congreso del Estado declara no ha lugar fijar responsabilidad alguna al Gobernador constitucional del Estado de Oaxaca, Ulises Ernesto Ruiz Ortiz, por no ejecutar un gasto ejercido el 16 de septiembre de 2007 a una norma que inició su vigencia hasta el 14 de noviembre del mismo año".

Para establecer con claridad la burla a la legislación y la manipulación del Congreso local, hay que señalar que al responder el requerimiento del IFE el director de Comunicación Social del Gobierno del Estado, reconoció el hecho, pero argumentó que las operaciones de las unidades móviles eran para "...apoyar la declaratoria federal debido a la contingencia nacional de salud pública surgida por la presencia pandémica del virus de influenza humana....". Y que los viniles adheridos a las camionetas se habían adquirido desde el 26 de septiembre de 2007, para lo cual enviaba copia de una factura por la cantidad de $499,999.30.

Sin embargo, el Congreso no tomó en cuenta que la reforma constitucional, que efectivamente entró en vigor hasta el 14 de noviembre, porque hasta entonces se publicó en el Diario Oficial, fue aprobada en el Senado el 12 de septiembre y en la Cámara de Diputados, el 14 de septiembre, con lo cual cuando se pagó la factura ya se conocía dicha modificación y existía la certeza de que entraría en vigor, es decir, todo indica que ejercer el gasto en ese momento fue una argucia para poder burlar la futura (pero cierta) disposición constitucional.

Pero además resulta inaceptable que un año y medio después de que entraron en vigor las nuevas disposiciones se infringieran flagrantemente con la exhibición de los vehículos, en plena campaña electoral. Si no puede sancionarse el ejercicio del gasto, sí el no haber tomado las medidas necesarias para no violar las nuevas disposiciones constitucionales y legales, especialmente durante campaña electoral.

Así todo indica que la violación se hizo con todo conocimiento de causa, pero consciente de que finalmente la mayoría priista en el Congreso local lo salvaría de cualquier sanción, lo cual pone de manifiesto la absoluta impunidad en la que operan los gobernadores en México. Vale la pena recordar que el Pleno de la Corte dictaminó que el gobierno de Oaxaca sí incurrió en violaciones graves a las garantías individuales durante el conflicto de 2006-2007 y que tampoco ha tenido ninguna consecuencia jurídica.

Así la violación y el desprecio a la Constitución por parte del gobernador Ulises Ruiz es reiterado y su exoneración final también, sin importar la gravedad de las faltas.

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