Custodia. En primera instancia la custodia de los hijos corresponde a la madre. EL UNIVERSAL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la guardia y custodia de los hijos no siempre le corresponde a la madre, sino que los jueces deben valorar pruebas para determinar a cuál de los padres le corresponde el cuidado de los menores.
La Primera Sala de la Corte afirmó que en primera instancia, la guarda y custodia de los niños corresponde a su madre, salvo que el demandante compruebe que sea perjudicial para los menores, para lo cual el juez correspondiente deberá valorar todos los medios de prueba y elementos a su alcance, en atención al beneficio del menor.
Los ministros puntualizaron que aunque en la demanda de guarda y custodia se omitan pruebas o hechos que señalen que dejar a la madre el cuidado de los hijos puede ser perjudicial, el juzgador no estará limitado y podrá solicitar material probatorio para corroborarlo.
Los integrantes de la Sala ya revocaron la sentencia de un juez que resolvió otorgar al padre la custodia de sus hijos.