En una computadora de la principal oficina de Bucareli se conserva todavía un anteproyecto de reformas a la Ley de transparencia y acceso a la información pública, destinado a privar de su condición de definitivas a las resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública. La eventual enmienda se basaría en el propósito de eliminar el "desequilibrio procesal" entre los gobernados y los órganos de la administración. Tal desequilibrio se expresa en el hecho de que los ciudadanos pueden impugnar las resoluciones del IFAI -pues la transparencia se procura en su beneficio- mientras que las autoridades carecen de esa facultad. El secretario de Gobernación Fernando Gómez Mont, admitió en enero pasado estar contra la definitividad, aunque luego reculó y el documento permaneció guardado.
Sin embargo, tal vez se tomó un camino sesgado para llegar al mismo propósito. Se escogió para hacerlo, por un lado, a la décima sala regional metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que fracturó la posición de ese órgano, sistemáticamente opuesto a recibir impugnaciones gubernamentales a decisiones del IFAI. Dicha sala en cambio inició ya juicios de nulidad contra resoluciones del Instituto, promovidas por la Procuraduría General de la República, que de diversos modos procura la opacidad. Por si no bastara, la tercera sala metropolitana fue más allá, pues al aceptar la demanda de nulidad presentada por el Servicio de Administración Tributaria para no dar a conocer a qué contribuyentes canceló créditos fiscales en 2007, le concedió la suspensión provisional, con lo que el IFAI no podrá insistir en la transparencia en este caso hasta que el asunto se resuelva en definitiva.
Ese tribunal ha resultado de una suma de aberraciones, que subrayan su problemático origen y desarrollo, pues imparte justicia pero no es parte del Poder Judicial, sino que depende del Ejecutivo. Fue durante un largo tiempo, cuando era meramente un tribunal fiscal, concreción de un principio que permite a los gobernados defenderse del avasallamiento de la autoridad. Para los especialistas era, por un lado, un orgullo pertenecer a su estructura (de la que surgieron por lo menos dos presidentes de la Suprema Corte, Carlos del Río y Mariano Azuela) y para los litigantes un territorio donde se movían dentro de márgenes razonables de confianza.
Convertido hace diez años en el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa es ahora una institución enorme y su fiabilidad es inversamente proporcional a su tamaño. Lo integran una sala superior con 11 magistrados y veintiún salas regionales -once de ellas en la zona metropolitana, incluidas la tres y la diez que nos preocupan-, lo que hace un total de 74 juzgadores. Por lo que se ha visto, los criterios de selección no son estrictamente rigurosos, la calidad de su desempeño es afectada por el pequeño número de los menos preparados. Dada la pertenencia del Tribunal al Poder Ejecutivo, de donde parten los ascensos y otros nombramientos, la institución es feble, frágil.
Por ejemplo, hace no muchos años el presidente del Tribunal, Alejandro Sánchez Hernández, se vio forzado a aceptar una salida poco airosa ante su actuación digamos polémica. Se le ofreció, a cambio de su renuncia, el consulado de México en Puerto Rico, que si bien cuenta con el honor de que lo haya ocupado Hugo Gutiérrez Vega no es un destino apropiado para un juez tan eminente. Sánchez Hernández aceptó la designación, pero de inmediato se arrepintió -o consiguió una palanca que lo sostuviera- y logró volver al Tribunal.
Su administración, a través de la Junta de Gobierno, es por lo menos dispendiosa si no merecedora de otros calificativos. El año pasado organizó una convención en Cancún a un altísimo costo. Ese órgano padece un vicio de origen: que para integrarla los magistrados concernidos convinieron primero en acatar la Ley o no, referir lo cual causó una demanda por daño moral contra el periodista Eduardo Huchim y el abogado Rubén Lara. Y cuando se publicaron serios problemas en las finanzas del Tribunal, se llevó a juicio a los periodistas Abel Barajas, Víctor Fuentes y Luis Soto.
Es, repito, una institución vulnerable, influible. Y a ella se quieren someter las resoluciones del IFAI. A derechas, no habría manera de hacerlo, pues la Ley otorga a las resoluciones del IFAI el carácter de definitivas frente a las autoridades. En sentido contrario, la Ley orgánica del Tribunal no lo faculta para conocer este género de asuntos y como bien se sabe los órganos administrativos sólo puede obrar lo que expresamente disponen sus ordenamientos. Por si fuera poco, de modo expreso el Artículo 73 constitucional le impide dirimir controversias entre órganos de autoridad.
El ambiente administrativo y político contrario a la transparencia ha encontrado su principal exponente, su campeón, en la Procuraduría General de la República, que hasta consiguió una reforma al código procesal penal para eludir la acción inquisitiva del IFAI. Adicionalmente insiste en presentar demandas de nulidad que solían ser desechadas hasta que encontraron la buena voluntad de la décima sala regional metropolitana. La posición de este órgano, ha denunciado el IFAI ante la opinión pública, "es un gravísimo retroceso en (el) esfuerzo de la sociedad mexicana para lograr la plena vigencia del derecho de acceso a la información pública, resultado de una larga lucha por la consolidación de nuestra democracia".