Durango

Proponen más ejercicio en las escuelas

Consecuencias. La iniciativa pretende reformar el artículo 177 para considerar como infracción todas aquellas acciones que incumplan con las normas y demás disposiciones de la ley.  LEÓN CARMELO ALVARADO/EL SIGLO DE DURANGO

Consecuencias. La iniciativa pretende reformar el artículo 177 para considerar como infracción todas aquellas acciones que incumplan con las normas y demás disposiciones de la ley. LEÓN CARMELO ALVARADO/EL SIGLO DE DURANGO

JUAN M. CÁRDENAS

Mediante la reforma de cinco artículos de la Ley de Educación del Estado de Durango, el Congreso del Estado pretende una serie de medidas para regular el consumo de alimentos en las escuelas e impulsar el ejercicio físico de los estudiantes.

El diputado local priista, Emiliano Hernández Camargo presentó la iniciativa de reforma al Poder Legislativo y externó la necesidad de combatir la desnutrición, sobrepeso, obesidad y demás trastornos de la conducta alimentaria de los menores en Durango.

El dictamen contempla adiciones al artículo 5 de la citada ley, a fin de que el Gobierno del Estado fomente y difunda la cultura de la actividad física y el deporte; en su numeral XVIII pretende crear conciencia sobre la importancia de una correcta alimentación, basada en la promoción de hábitos alimenticios saludables y las consecuencias de no adoptarlas.

En el artículo 21 asigna a la Secretaría de Educación del Estado de Durango la atribución de desarrollar programas que informen sobre la desnutrición, sobrepeso y obesidad; pero resalta en el inciso "e" la limitación del consumo de alimentos de bajo contenido nutrimental y altos en calorías, azúcares y sales, en escuelas de educación básicas y públicas.

Esto incluye que para las empresas que comercialicen o elaboren alimentos para las instituciones educativas se apeguen a la normatividad de salud que expida la autoridad local, con las disposiciones de la autoridad educativa Federal. En tanto que el inciso "f" pide garantizar que las escuelas, desde básica hasta el nivel superior, cuenten con depósitos equipados con filtros de agua y bebederos públicos.

El numeral VII del artículo 171 obliga a padres de familia y tutores a promover en sus hijos los hábitos alimenticios saludables, así como actividades físicas.

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