En su proyecto de reforma política, el presidente Calderón colocó en primer lugar una enmienda al artículo 115 de la Constitución para "dejar en libertad a las legislaturas locales y a la Asamblea del Distrito Federal (sic en la transcripción oficial de su discurso del 15 de diciembre, por Asamblea legislativa del DF) para poder establecer la elección (sic, por reelección) consecutiva de los alcaldes y demás miembros de los Ayuntamientos, así como de los jefes delegacionales" en la Ciudad de México.
"Con ello -razonó el Ejecutivo- aumentaría la calidad de la gestión municipal porque, por una parte, daría a los alcaldes, regidores y jefes delegacionales una mayor capacidad de gestión, mayor tiempo para impulsar programas de gestión de largo aliento, como deben ser los programas de infraestructura o las reformas integrales a los cuerpos policiacos en esas demarcaciones".
Ese argumento es falaz o por lo menos insuficiente. Si fuera verdadero, en vez de proponer la reelección de los funcionarios mencionados, sería mejor recomendar a las legislaturas locales reformar las leyes que establecen el periodo de tres años de Gobierno y su ampliación a cuatro, cinco o más. Proyectar el razonamiento a los otros niveles de Gobierno implicaría proponer la reelección de gobernadores y del presidente de la República. A todas luces, una vez cumplida la primera mitad del periodo sexenal de Calderón sin que se aproxime siquiera a la reforma integral de los cuerpos policiacos federales, que siguen funcionando entre tentaleos organizativos, sería preciso que el presidente pudiera ser reelegido en 2012.
Calderón escogió mal el caso de la reorganización policiaca municipal como razón para que los munícipes puedan reelegirse. Su secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y el propio Calderón ha difundido su idea de cancelar las policías municipales y encargar sus funciones a las agencias estatales de seguridad pública. A menos que la reforma anunciada hace tres semanas suponga el retiro de la propuesta de disminuir a sólo 32 los cuerpos locales de Policía, los alcaldes y restantes miembros del Ayuntamiento ya no necesitarían ser reelegidos para reformar sus agencias policiacas, porque carecerían de ellas.
Con la reforma calderoniana, dice su difusor (que no autor) "se fortalecería la rendición de cuentas, porque los funcionarios que deseen continuar en su encargo tendrán que justificar con acciones su trabajo y con rendición de cuentas ante los ciudadanos, quienes a través de su voto podrán premiar o castigar su desempeño".
El argumento es también endeble, por varias razones. Parte de un olvido: la autoridad municipal es un órgano colectivo, el cuerpo llamado ayuntamiento, compuesto por un presidente municipal, síndicos y regidores. La elección es por planillas, y al integrarse como órganos de Gobierno los ayuntamientos se componen de los miembros de las planillas triunfadoras y de otros integrantes, por la vía de la representación proporcional. De manera que la reforma municipal en pos de la reelección tendría que redefinir el carácter de la autoridad municipal y modificar su carácter colectivo, que le viene de una secular tradición comunitaria.
El premio o el castigo a los funcionarios es facultad que tienen ya formalmente los ciudadanos, pues pueden galardonar a un ayuntamiento eficaz votando por el partido que propuso al que ha cumplido, o hacer lo contrario en el caso de los que fallaron. Y si se trata de sancionar o gratificar a las personas, ello es posible mediante la actual posibilidad de la reelección no inmediata, en función de la cual un ayuntamiento eficaz puede estar de nuevo en servicio transcurrido un periodo.
No son insólitos los casos en que se practica este tipo de relación entre gobernantes y gobernados. Por sólo citar aglomeraciones urbanas significadas, una por el poderío económico de sus habitantes y otra por su dimensión demográfica que la hace el municipio más poblado del país, tenemos que en San Pedro Garza García, Nuevo León, encabeza una segunda gestión municipal Mauricio Fernández y lo mismo hace en Ecatepec de Morelos, Estado de México, Erubiel Ávila.
La reelección supone la efectividad del sufragio. No la hemos alcanzado o mantenido a plenitud. No es exagerado por lo tanto, suponer posible que los alcaldes y los restantes miembros del ayuntamiento construyan o posibiliten mecanismos ilegales que aseguren desde el poder su continuación en la autoridad municipal. El clientelismo en provecho propio puede tener un auge que favorezca la constitución de cacicazgos hasta por doce años, que es el límite señalado en la propuesta presidencial.
El apetito por los altos emolumentos mueve a menudo a los aspirantes a la representación municipal. En algunos estados han llegado a ser escandalosos los salarios de los munícipes, que harían cuanto estuviera a su alcance no para seguir sirviendo con eficacia a sus coterráneos, sino para mantener un oneroso tren de vida que en casi todos los casos les resultaría inasequible mediante el desempeño de sus tareas propias fuera del Gobierno.
Una última consideración respecto de un tema que debe ser abordado con mayor profundidad a partir de la iniciativa presentada al Senado: las reformas que impliquen alargar periodos de Gobierno o reelección de funcionarios sólo pueden producir efectos beneficiosos para los ciudadanos, tal como los imagina su promotor, si van acompañados por la revocación, necesaria para deshacerse de un gobernante indeseable.