La Secretaría de Gobernación deberá relevar los contratos y facturas (en versiones públicas) que se generaron con la adquisición de equipos con los que se hará el registro de información biométrica para la Cédula de identidad.
Esto después de una resolución del pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales (IFAI), en la que los comisionados del órgano por unanimidad acordaron dar respuesta a la petición que hiciera un ciudadano para acceder a la copia del contrato firmado para la Cédula de Identidad.
Por ello, Segob deberá hacer públicos los contratos con la empresa holandesa Smartmatic International Holding, B.V., encargada de la adquisición de dos mil equipos especializados que utilizará el Registro Nacional de Población (Renapo), con el citado propósito.
En la solicitud de información, requirió, además, copia de las propuestas que presentaron las 51 empresas que participaron en la licitación pública de esa compra.
Pero la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Segob había respondido que la información se encontraba bajo reserva durante dos años, por existir un procedimiento administrativo de inconformidad promovido por los concursantes que fueron descalificados por la Secretaría de la Función Pública y sobre el cual no existe sentencia definitiva.
Por lo que respecta a las propuestas presentadas por las empresas participantes, sugirió a la Unidad de Enlace de la Segob consultar a la Dirección General del Renapo, en calidad de área usuaria.
Ésta, a su vez, comunicó que la información requerida se encuentra clasificada como reservada.
Sin embargo, el particular se inconformó e interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, argumentando que no requirió información relativa a la queja interpuesta ante la SFP, si no copia del contrato que suscribió la Segob con la empresa ganadora y copia de las propuestas de las 51 empresas participantes.
Entonces el caso se trató en el pleno del IFAI y admitido por el comisionado ponente Ángel Trinidad Zaldívar.
En alegatos, la Segob reiteró la clasificación de la información únicamente en lo relacionado con el amparo interpuesto en contra de la resolución emitida.
En los estudios correspondientes, la ponencia del comisionado Trinidad Zaldívar concluyó que la difusión de los documentos solicitados no puede vulnerar la objetividad de la autoridad que sustancia el juicio de amparo interpuesto en contra de la resolución dictada por la SFP, ni puede limitar la capacidad juzgadora de aquella.
Sin embargo, advirtió que las propuestas técnicas de los licitantes e incluso el contrato objeto de la solicitud de acceso o sus anexos, podrían contener información relativa al secreto industrial, por lo que estimó necesario analizar si la información en cuestión podría actualizar algún supuesto de clasificación.
En tal sentido, propuso que el acceso a las propuestas técnicas o al contrato aludido, tendrá que otorgarse al solicitante mediante versiones públicas, en las que únicamente podrá testarse o suprimirse dicha información, y las que, además, deberán ser revisadas por el IFAI antes de su entrega.