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Segob y SME pactan pago de prestaciones

EL UNIVERSAL

 MÉXICO, DF.- La Secretaría de Gobernación (Segob) y el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) alcanzaron un nuevo acuerdo para pagar un fondo de ahorro y aguinaldos a los 16 mil trabajadores que no se liquidaron, para lo cual se dispone de casi 200 millones de pesos, sin considerar que aún falta definir el pago de vacaciones.

Roberto Gil Zuarth, subsecretario de Gobierno de la Segob, se reunió ayer con Humberto Montes de Oca, secretario del Interior, y Eduardo Bobadilla, secretario de Trabajo del SME.

"Hemos construido un mecanismo para pagar dos de las prestaciones pendientes que son fondo de ahorro y aguinaldo y queda pendiente la prestación de vacaciones que estaremos en las próximas semanas trabajando un mecanismo específico, mientras tanto avanzaremos en el pago de las otras dos prestaciones", dijo el subsecretario.

Gil explicó que a partir de la próxima semana se dispondrá en la página de internet http://www.sae.gob.mx/Paginas/Portal-Institucional-SAE.aspx del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) la información específica para cada persona.

El subsecretario aseguró que contarán con toda una logística para atender a los ex trabajadores, pero únicamente se pagarán las prestaciones que quedaron pendientes de 2009 y que debieron pagarse durante ese ejercicio y no fueron pagadas por la extinción de la compañía.

 NIEGAN AMPARO AL SME Por otra parte, el juez sexto de distrito en materia de Trabajo en el Distrito Federal, negó un amparo promovido por el SME, con lo que se confirma que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) no es patrón sustituto de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro, lo cual había defendido la organización que encabeza Martín Esparza.

De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo, el amparo había sido en contra de la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que a su vez, negó el trámite a un procedimiento de huelga que presentó el SME en contra de LyFC, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la CFE.

Cabe recordar que uno de los argumentos del sindicato para continuar con su demanda de reinstalación de trabajadores es la de hacer valer la figura de patrón sustituto, como uno de los derechos que les otorga la Ley.

Sin embargo, en su resolución, el juez de distrito consideró que ante la extinción de LyFC, ésta desapareció de la vida jurídica y únicamente conservó su personalidad para los efectos de su liquidación, que por Ley se encuentra encomendada al SAE, pero no por ello, este último puede ser considerado patrón sustituto.

Igualmente, el juzgado federal determinó que, contrario a lo argumentado por el SME, la CFE tampoco puede ser considerada como patrón sustituto ya que, en virtud del decreto de extinción de LyFC, no hubo transmisión alguna de los bienes de ésta, ni se continuó ininterrumpidamente actividades, por lo que no se dan los supuestos de la Ley Federal del Trabajo ni de la jurisprudencia, para considerar que existiera dicha figura.

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