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TEPJF sancionará a gobernador de Sonora

EL UNIVERSAL

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar al gobernador de Sonora, Guillermo Padrés, por no deslindarse de los spots transmitidos ilegalmente durante el proceso electoral de 2009.

Durante la sesión de este miércoles, los magistrados echaron abajo una resolución del Instituto Federal Electoral (IFE) sobre el caso para determinar también la responsabilidad del presidente municipal de Cajeme, Manuel Barro, donde ambos dieron "su consentimiento velado o implícito hacia dicho promocional".

En otro caso, el TEPJF ratificó que las reformas a los estatutos de los partidos políticos serán válidas a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Sala Monterrey consideró en días pasados que la vigencia de reformas estatutarias partidistas será a partir de que el Consejo General del IFE las declare constitucionalmente procedentes, pero la Sala Superior determinó que entrarán en vigor a partir de publicarse en el DOF, como lo establece el artículo 117 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Los magistrados consideraron fundamental publicitar los cambios que los partidos hacen a sus estatutos para que los militantes y ciudadanos tengan conocimiento de la norma y dar certeza jurídica a sus derechos y obligaciones.

En el caso de los comicios de Sonora, el IFE declaró infundada la responsabilidad de Padrés y Barro cuando eran candidatos a dichos cargos de elección popular, por no demostrarse vínculo entre estos y las radiodifusoras que emitieron el anuncio. Tras la resolución del TEPJF, el Consejo General del IFE deberá emitir una sanción contra el mandatario estatal y el alcalde de Cajeme.

Los magistrados determinaron que la ley no exige que se demuestre ese vínculo pero sí exige un deslinde de los contendientes hacia la propaganda ilegalmente difundida. Padrés y Barro nunca se deslindaron de los spots, incurriendo en falta a la ley por culpa invigilando, figura que establece que los partidos y sus dirigentes deben observar el comportamiento legal de sus militantes, e inclusive de terceras personas.

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Escrito en: PAN

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