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Urgen fomentar el ahorro

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AGENCIAS

Las Sociedades Financieras Populares (Sofipos) se erigen como una de las pocas alternativas para el segmento de menores recursos.

Poco conocida, esta figura, que se enfoca al ahorro popular, se constituyó hace unos años al amparo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP).

Los rendimientos que ofrecen por las inversiones son similares a los del mercado tradicional, con la posibilidad de utilizar instrumentos de ahorro a la vista y sin comisiones por apertura o saldos mínimos.

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), estos intermediarios suman 37 en 22 estados del país y tienen activos por 12 mil millones de pesos. Ofrecen servicios diferenciados de ahorro y crédito a cerca de 1.5 millones de clientes. La Asociación Mexicana de Sofipos (Amsofipos), recalcó que en los últimos años se busca establecer códigos de mejores prácticas y de mercado para favorecer el desarrollo y la confianza hacia este sector. Un análisis de Deloitte afirma que las Sofipos contribuyen de forma importante al fortalecimiento del sistema financiero, al incrementar y complementar la oferta de servicios.

Guillermo Roa, socio líder de Servicios Financieros en Deloitte México, uno de los retos de este sector es fortalecer la regulación para enfrentar sus retos del corto y mediano plazo, como construir la confianza del mercado, administrar de manera adecuada el riesgo, dar crédito con responsabilidad y crecer.

 LAS RESTRICCIONES

La CNBV aclaró que estos intermediarios tienen prohibido recibir depósitos a la vista en cuenta de cheques o dar en garantía sus propiedades. Tampoco pueden dar en prenda o negociar títulos o valores de su cartera crediticia, salvo en los casos que prevean las reglas que expida la Secretaría de Hacienda.

No pueden operar sobre los títulos representativos de su capital y celebrar operaciones en las que se pacten términos que se aparten de las condiciones que aplica la sociedad de ahorro y préstamo.

Estas entidades de fomento al ahorro tienen prohibido otorgar fianzas o cauciones; participar en el capital de otra sociedad de ahorro y préstamo y de cualquier entidad financiera.

La CNBV establece que están imposibilitados para conceder créditos distintos de los de su objeto social, salvo los laborales que den a sus trabajadores.

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Escrito en: Ahorros

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