La resolución preliminar emitida por la Comisión Federal de Competencia (CFC) en la que declara dominantes a Telcel, Telefónica y Iusacell-Unefon en el mercado de terminación de llamadas en sus redes, en la modalidad de "el que llama paga", fue anulada por la autoridad judicial.
El Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en materia administrativa del primer circuito otorgó un amparo a favor de América Móvil al considerar que el órgano antimonopolio no dio oportunidad a Telcel/Telmex de presentar pruebas y manifestar lo que a su derecho conviniera. La empresa argumentó que no fue llamada al procedimiento administrativo de este expediente sobre poder sustancial en redes móviles, para manifestarse en relación a la oposición de la publicación relacionada con sus operaciones y a la determinación de que forma parte de un grupo de interés económico (Telcel/Telmex), según la sentencia.
"Tal como lo afirma la parte quejosa, la autoridad responsable vulneró en su perjuicio la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución", por no haberla emplazado al procedimiento de investigación respectivo, de acuerdo con el documento.
El efecto de este amparo es que la CFC deje insubsistente el dictamen preliminar emitido el 6 de julio de 2008 en el que determina el poder sustancial de Telcel, Telefónica, y Iusacell-Unefon.
LA RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA CFC
En esa fecha, la CFC emitió una resolución preliminar sobre este expediente en la cual declaró a Telcel, Iusacell, Unefon y Telefónica como operadores con poder sustancial en el mercado de servicios de terminación conmutada prestados en sus redes móviles a los demás concesionarios de servicios locales y a los concesionarios de larga distancia.
La CFC señaló que dichos operadores móviles tienen capacidad de restringir la oferta unilateralmente.