La Suprema Corte de Justicia determinó que los jueces federales no deben tomar en cuenta los antecedentes penales del acusado al momento de resolver sobre su "grado de culpabilidad" en el delito que se le imputa.
El grado de culpabilidad es el elemento central que debe atender el juez para imponer una pena, es decir, si aplica la mínima, la máxima o hacia cuál de ellas se aproxima.
La primera sala de la Corte modificó el 25 de agosto una tesis de jurisprudencia vigente desde 2001, según la cual los antecedentes penales sí debían ser tomados en cuenta por el juzgador al resolver sobre el grado de culpabilidad. El tema fue reabierto por solicitud de un tribunal colegiado de circuito, que pidió a la Corte modificar la tesis porque el Código Penal Federal no menciona los antecedentes penales entre los factores a tomar en cuenta. Por 3 votos contra 2, la sala decidió modificar el criterio y la nueva jurisprudencia será obligatoria para todos los jueces de distrito, que sólo de enero a junio de 2011 abrieron 30 mil 704 causas penales por delitos como narcotráfico, posesión de armas y tráfico de migrantes.
"Los antecedentes penales no pueden incluirse entre los factores que los juzgadores deben atender para determinar el grado de culpabilidad, pues no tienen la naturaleza de circunstancias peculiares del delincuente, ya que no corresponden a una característica propia de él", establece la nueva tesis.