A partir de este 1 de marzo, los juzgados especializados podrán requerir a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y a las empresas comercializadoras, información relativa a números telefónicos, llamadas, suspensión de líneas, entre otros datos relacionados con investigaciones por secuestro.
El pleno del Consejo de la Judicatura Federal emitió un acuerdo para adecuar las atribuciones de los Juzgados Federales Penales Especializados en Cateos, Arraigos e Intervenciones de Comunicaciones a las reformas que entraron en vigor en materia de secuestros.
Los jueces federales especializados serán los encargados de autorizar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público de la Federación y de girar las instrucciones pertinentes a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y a las empresas comercializadoras de servicios de telecomunicaciones.
El CJF indicó que conforme al Acuerdo General 6/2011, los juzgados en cuestión serán competentes para atender y resolver las peticiones que les haga el Ministerio Público de la Federación sobre los referidos requerimientos a los concesionarios y empresas de telefonía. Todo ello en la etapa de la averiguación previa y en términos del Artículo 25 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.