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Cómo evitar faltas frecuentes al reglamento de tránsito

EL UNIVERSAL

A veces resulta común que al cometer una falta al reglamento de tránsito, se desconoce qué tipo de sanción corresponde, y aunque los agentes viales tienen la obligación de mostrar el artículo al cual se faltó y la sanción a la que se hace acreedor, no está de más conocer las más recurrentes para evitar ser sorprendidos.

Como es sabido por los conductores, a cada sanción corresponden cierta cantidad de salarios mínimos para pagar su falta. Aquí te mostramos las faltas más recurrentes y a cuánto equivale la multa.

1. En los cruceros regulados mediante semáforos, debe detener su vehículo en la línea de “alto”, sin invadir la zona para el cruce de los peatones, cuando la luz del semáforo esté en color rojo. Si falta a este artículo, su sanción equivale a cinco días de salario mínimo.

2. Los conductores deben acatar los programas ambientales y no circular en vehículos que tengan restricciones, los días y horas correspondientes, quien no haga caso a este artículo, se hará acreedor a una sanción de 20 días de salario mínimo y la remisión de su auto a un deposito.

3. En el caso de los conductores que no porten su licencia de conducir o tarjeta de circulación, deberán pagar 10 días de salario mínimo y su auto será remitido a un depósito vehicular.

4. Para quienes no hagan uso del cinturón de seguridad, la multa será de 5 días de salario, y cabe aclarar que todos los ocupantes del vehículo, igualmente deben llevarlo puesto.

5. Por estacionarse en lugares prohibidos, en los que exista señalamiento de inmovilizador o donde se encuentren instalados parquímetros o cualquier otro sistema de medición del tiempo de estacionamiento en la vía pública los conductores se harán acreedores a una multa de cinco días de salario mínimo.

6. Cuando al auto no cuente con combustible suficiente para su buen funcionamiento, luces que garanticen una adecuada circulación o no tenga al menos dos espejos retrovisores, la cantidad a pagar será de cinco días.

7. Por circular a una velocidad mayor a la permitida en zonas escolares o de hospitales, y no tomar las debidas precauciones cuando encuentren un transporte escolar detenido en la vía pública, realizando maniobras de ascenso y descenso de escolares, la multa equivalente será a cinco días de salario.

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