Es posible que tengas problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con motivo de imposición de sanciones por omisión de pago de impuestos federales, mismas que también pueden ser requeridas a través de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Durango, mediante el convenio de colaboración administrativa respectivo, en los cuales exista la posibilidad de impugnar la validez de esos actos ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por contener vicios sustanciales o de forma, como pudiera ser el caso de que se trate de un acto emitido por autoridad que carece de facultades legales para expedirlo.
Para ello, es importante señalar que las autoridades fiscales solo pueden realizar actos de molestia cumpliendo con las exigencias que ordena el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues de no hacerlo se estaría vulnerando en perjuicio del interesado sus garantías de legalidad y seguridad jurídica por tratarse de actuaciones que implican un abuso de autoridad.
El Instituto Federal de Defensoría Pública, en Durango, puede brindarte la asesoría jurídica gratuita que requieras en relación con este tema, para lo cual es necesario que cuentes con la documentación original en la que se determina la imposición de la multa, ya sea que se trate de una o varias sanciones. Asimismo, debes tomar en consideración que a partir de que te es notificada una resolución fiscal como la que se menciona, cuentas con 45 días hábiles para impugnarla a través de un juicio contencioso administrativo, o bien, un recurso de revocación en los términos del artículo 117 del Código Fiscal de la Federación, por lo que es importante que en estos casos acudas con la oportunidad necesaria para poder brindarte el servicio de representación.
Por otra parte, tienes derecho a solicitar ante la Administración Local de Recaudación del SAT, en Durango, la condonación de las multas referidas de conformidad con el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, la cual es una facultad discrecional que toma en cuenta las circunstancias del caso; así como los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción, entre otros, aclarando la solicitud de condonación de multas.
Finalmente, debes saber que para poder brindar el servicio de representación por parte del Instituto Federal de Defensoría Pública tus percepciones mensuales no deben exceder de doce veces el salario mínimo general mensual vigente en el Distrito Federal, y que se brinda preferentemente a personas que estén desempleadas y no perciban ingresos; los trabajadores jubilados o pensionados, así como sus cónyuges; los trabajadores eventuales o subempleados; los que reciban, bajo cualquier concepto, ingresos mensuales inferiores a los previstos en las bases generales de organización y funcionamiento; los indígenas, y las personas que por cualquier razón social o económica tengan la necesidad de estos servicios. Acude a nuestras oficinas en el Palacio Federal, ala norte, tercer piso. Los teléfonos son 814 70 71 y 814 81 56.