Oficial. El alcalde de Francisco I. Madero, Cristóbal Marrufo (izquierda), se prepara para su Segundo Informe de Gobierno.
El ayuntamiento de Francisco I. Madero ya confirmó sede y hora del Segundo Informe de Resultados de la Administración Municipal 2010-2013.
“Como presidente municipal es mi deber dar cuentas de las actividades que esta Administración ha realizado en este 2011”, dijo el alcalde Cristóbal Marrufo.
El Segundo Informe, confirmó el alcalde, será el martes 13 de diciembre en el Gimnasio Municipal a las 11:00 de la mañana.
En este segundo año de gobierno, el alcalde Cristóbal Marrufo López entregará al Cabildo un compendio de las acciones realizadas por cada una de las direcciones y departamentos y también dará un mensaje a la ciudadanía.
Según el Código Municipal para el Estado de Coahuila, el presidente municipal tiene diversas obligaciones entre las que se encuentra rendir en el mes de diciembre, en sesión pública y solemne, el informe anual, aprobado por el Ayuntamiento, sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal.
Otras facultades, competencias y obligaciones del presidente municipal son: dirigir, coordinar, organizar, supervisar y evaluar a la Administración Pública Municipal en la totalidad de sus órganos tanto centralizados como desconcentrados, descentralizados y entidades paramunicipales.
El alcalde también debe vigilar que la recaudación de las contribuciones y demás ingresos propios del Municipio se realicen conforme a las leyes aplicables.
Como primera autoridad, el presidente municipal tiene que vigilar que el gasto público municipal se realice conforme al presupuesto de egresos aprobado por el Ayuntamiento.
Así pues, será el próximo 13 de diciembre cuando el alcalde informe a los ciudadanos sobre las acciones realizadas por su gestión en este año.
Segundo informe de actividades
El alcalde Cristóbal Marrufo deberá rendir su informe en sesión solemne y en recinto aprobado por el Cabildo:
>Según el Artículo 92 del Código Municipal de Coahuila, “a diferencia de las sesiones normales, serán solemnes aquellas que merezcan un carácter de ceremonia o celebración; serán solemnes, la sesión en que se instale el Ayuntamiento, aquella en que se rinda el informe anual de la Administración Pública Municipal, y aquellas que acuerde el Ayuntamiento”.
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