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En agosto será más 'barato' para el causante pelear con el fisco

Agilizan. En agosto los juicios entre contribuyentes y fisco deberán resolverse en un plazo máximo de 4 meses, sólo cuando los adeudos fiscales no rebasen los 109 mil 171 pesos.  ARCHIVO

Agilizan. En agosto los juicios entre contribuyentes y fisco deberán resolverse en un plazo máximo de 4 meses, sólo cuando los adeudos fiscales no rebasen los 109 mil 171 pesos. ARCHIVO

AGENCIA REFORMA

A partir de agosto los juicios entre particulares y autoridades fiscales tendrán que resolverse en un plazo máximo de cuatro meses, siempre y cuando involucren adeudos por un máximo de 109 mil 171 pesos, según reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Esto significa que impugnar a una autoridad fiscal será menos costoso para los contribuyentes porque conocerán con exactitud cuándo puede resolverse un juicio, señala un análisis de Calvo Nicolau y Márquez Cristerna.

En dicho mes entrará en vigor la tramitación y resolución del juicio a través de la vía sumaria, precisa.

"A partir del 7 de agosto de 2011 se implementa la modalidad de juicio sumario. El procedimiento de este juicio, en teoría, no debe durar más de 4 meses, contados a partir de ser admitida a trámite la demanda (por parte de un particular o contribuyente)", explicó el fiscalista Óscar Márquez.

Detalló que actualmente cuando se acude a un juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el juicio tarda por lo menos 14 meses en resolverse y por esa razón se reformó la ley federal de procedimiento contencioso administrativo.

Al admitirse una demanda, se fijará la fecha en la cual quedará cerrada la instrucción del juicio, es decir, el fin del procedimiento.

"Esto es, el demandante podrá saber cuándo inicia y finaliza su juicio, hoy sabe cuando inicia, pero no cuándo termina", destacó Márquez.

Sin embargo, ésto no aplicará para todos los casos, lo que podrá impugnarse a través de un juicio sumario serán resoluciones definitivas de la autoridad en las cuales se determinen adeudos fiscales (créditos fiscales) que no excedan 5 veces el salario mínimo del Distrito Federal elevado al año, actualmente 109 mil 171 pesos.

Esto se va a traducir en claros beneficios fiscales para los contribuyentes que impugnan una resolución de la autoridad federal.

"Con la reforma para instaurar el juicio sumario (aplicado en) materia fiscal, todo indica que el juicio será más accesible y por lo tanto, menos costoso para sujetos que pretendan impugnar actos de la autoridad fiscal", detalló el fiscalista.

Agregó que si en la práctica se respetan los tiempos establecidos en la reforma, el tribunal podrá comenzar a abatir el rezago que actualmente tiene. De lo contrario, será inviable la reforma.

Sin embargo, hay algunos riegos con este cambio.

Debido a que para reducir el tiempo procesal se tomó como referencia la cuantía del caso, algunos juicios son complejos sin importar el monto que se dirime.

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Escrito en: fisco

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