"Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda."
Artículo 13 Constitucional
Lo paradójico del caso es que tuvo que venir un tribunal internacional para obligar al Estado mexicano a cumplir lo que dice nuestra propia Constitución. El artículo 13 de nuestra carta magna señala, efectivamente, que no debe haber tribunales especiales y que serán las cortes civiles las que ventilen los casos de delitos en que se vean involucrados civiles. La tradición y el Código de Justicia Militar, sin embargo, les han dado a los tribunales militares un fuero inconstitucional en estos casos que ha durado demasiado tiempo.
El fuero militar no debería ser necesariamente razón de impunidad. Las autoridades militares nacionales han señalado en distintas ocasiones que los efectivos que violan la ley o las garantías individuales son juzgados por los jueces militares y que lo hacen con una severidad mayor que los tribunales civiles.
La verdad, sin embargo, es que los comandantes suelen proteger a los efectivos a su cargo y lo hacen a través del fuero militar. Ahí está el caso de los marinos que asesinaron a la señora Patricia Terroba de Pintado en el fraccionamiento Los Limoneros a las afueras de Cuernavaca en diciembre de 2009. La Secretaría de la Marina se negó a investigar lo sucedido hasta que la Comisión Nacional de Derechos Humanos la obligó. Pero aun en los casos en que supuestamente se investiga o se castiga en el fuero militar a alguien, el resultado no se comunica a la sociedad. Hasta la fecha, por ejemplo, no conocemos nada acerca de las investigaciones de la Armada sobre la muerte de Patricia Terroba.
Incluso en tiempos normales sería necesario acotar el fuero militar a aquellos delitos que involucren directamente la disciplina militar. En momentos en que el Gobierno de la República ha recurrido al Ejército y a la Marina para realizar labores de Policía esta delimitación se vuelve mucho más urgente. Los gobernados no tenemos ninguna defensa ante los abusos de la autoridad si ésta se refugia en un fuero en el que los civiles no tenemos defensa y en el que además no existe transparencia.
Nadie puede cerrar los ojos a los problemas que soldados y marinos están enfrentando en esta guerra contra el crimen organizado a la que ellos no pidieron ingresar. Recientemente Milenio Televisión dio a conocer un video que mostraba la tortura, con increíble saña, de dos soldados que ni siquiera tenían nada que ver con la lucha contra el narcotráfico. Fueron "levantados", torturados y presumiblemente asesinados por el simple hecho de ser militares.
La experiencia nos dice, sin embargo, que también los efectivos de las fuerzas armadas abusan de los gobernados. Se ha hecho común, por ejemplo, que los soldados o los marinos ingresen por la fuerza en viviendas sin órdenes de cateo o de aprehensión, supuestamente tras haber recibido denuncias anónimas. También han disparado y matado a civiles inocentes en circunstancias que no pueden justificarse por miedo o por una respuesta a una agresión.
Ha sido necesaria la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que finalmente el Gobierno Federal acepte respetar lo que dice el artículo 13 de la Constitución. Habrá que ver si tenemos que esperar también un proceso similar para que las autoridades mexicanas obedezcan el artículo 129 de la Constitución, ese que dice que "En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar."
INTELIGENCIA Y OPERATIVIDAD
Duele aceptarlo, pero el expresidente del gobierno español, Felipe González, tiene razón: "El problema es que en la lucha contra la criminalidad organizada en cualquiera de sus formas hay 85 por ciento de inteligencia y 15 por ciento de operatividad, y creo que el planteamiento en México es 85 por ciento operación y 15 por ciento inteligencia."
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