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Les falta a Sofomes calidad y claridad

LA CONDUSEF REPROBÓ A 27 DE 43 SOCIEDADES FINANCIERAS

Claridad. Sugiere la Confusef a las Sofomes realizar contratos con mayor claridad y transparencia.

Claridad. Sugiere la Confusef a las Sofomes realizar contratos con mayor claridad y transparencia.

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La falta de transparencia y calidad de información sobre el crédito simple con pagos descuento vía nómina llevó a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios y Servicios Financieros (Condusef) a reprobar a las sociedades financieras de objeto múltiple (Sofomes).

En conferencia, el director general de Evaluación y Vigilancia del organismo, José María Aramburu Alonso, precisó que de las 43 Sofomes Entidades No reguladas (ENR) evaluadas, 27 reprobaron, lo que dio una calificación general promedio de 4.6 de una escala de 10.

Precisó que estas entidades, al igual que 10 bancos y una Sociedad financiera de objeto limitado (Sofol), fueron calificadas sobre la calidad y transparencia de la información en los contrataos de adhesión, estado de cuenta, carátula y página eléctrica de los créditos de nómina.

Refirió que los bancos evaluados obtuvieron una calificación promedio de nueve, en donde de manera particular HSBC e IXE obtuvieron un 10, mientras que la Sofol logró pasar de 'panzanso' con un seis. El funcionario refirió que en el caso de las Sofomes existen diversas anomalías que van en contra de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, como es la realización de cobros dobles o un porcentaje de los intereses no cobrados por pago adelantado.

Precisó que en el caso de los contratos, un mismo incumplimiento genera más de un cargo, como intereses moratorios, más gastos de cobranza, más pena por pago tardío, lo que afecta al usuario en su economía en forma desproporcionada.

Además de que no se señala el concepto, monto y la periodicidad del cobro de las comisiones y no se señala que el cliente podrá cancelar el producto sin responsabilidad ni costo siempre y cuando no haya dispuesto del crédito.

En este caso, dijo, al usuario se le obliga a pagar penalizaciones, seguros o comisiones por cancelar el contrato.

Respecto a la carátula, señaló, las Sofomes incumplen con el formato de la Disposición Unica, ya que se limita la comparación y se desconocen las características del producto contratado; además de que las fechas de corte y el límite de pago no se incluyen.

En la página web, agregó, no hay congruencia de la información que aparece ahí respecto a la del contrato, por lo que el usuario no puede conocer realmente sus obligaciones o derechos.

Mientras que en el estado de cuenta, comentó, no se señala el concepto y monto de las comisiones, ya que solo se indica el pago total sin desglosar.

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Escrito en: CONDUSEF Sofomes

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