Acuerdo. El Cabildo aprobó en forma unánime modificar el Artículo 44 del Reglamento de Tránsito y Vialidad.
Con el propósito de limitar las licencias para conducir a menores de edad y que éstos lo hagan en el horario establecido por la Ley de Tránsito del Estado, se aprobó por unanimidad modificar el Artículo 44 del Reglamento de Tránsito y Vialidad de Gómez Palacio.
El dictamen lo presentó al Cabildo el presidente de la Comisión de Tránsito, Gabriel Rodríguez, quien señaló que con esta medida se pretende establecer un marco legal para la expedición de las licencias a menores entre los 16 y los 18 años.
Esta iniciativa es en respuesta al exhorto que el diputado local, Sergio Uribe hizo a los 39 municipios del estado para que hicieran cumplir los requisitos establecidos por la ley estatal, como los horarios en que pueden transitar.
El argumento del legislador fue de que ante el incremento de la población joven con necesidades de tener sus propios vehículos, se requería un mayor control y sobre todo, prevenir accidentes lamentables en los que participan adolescentes.
Manejo
Según la ley:
⇒ Los padres deben asumir la responsiva.
⇒ Jóvenes entre 16 y 18 años pueden transitar de las 6:00 a 23:00 horas lunes a viernes.
⇒ De las 6:00 a las 20:00 horas sábados y domingos.