Votos. Ministros de la Primera Sala determinaron que fue correcto el acuerdo de la ministra instructora. NOTIMEX
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó mantener la suspensión de todas las acciones dispuestas por el presidente Felipe Calderón para que el país transite de la televisión analógica a la digital, mientras no se resuelva la controversia constitucional promovida por las cámaras de Senadores y Diputados desde octubre pasado.
Con la participación del nuevo ministro Mario Pardo Rebolledo que permitió el desempate en la votación durante la sesión del martes, los ministros de la Primera Sala de la SCJN arribaron a esta determinación que se mantendrá hasta que sea resuelta en todos sus términos la controversia constitucional promovida por los legisladores.
La suspensión se decretó luego que fue aceptada la controversia constitucional que fue presentada por ambas cámaras al considerar que el presidente Felipe Calderón se adjudicó atribuciones que no tiene y que le corresponden exclusivamente a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
De esta forma, el máximo tribunal del país desestimó por segunda ocasión consecutiva recursos interpuestos por la Presidencia de la República y la Cofetel en contra de la controversia constitucional interpuesta contra el decreto para adelantar la transición a la televisión digital, caso al que se ha conocido como el "apagón analógico".
La ministra de la SCJN, Olga Sánchez Cordero, ordenó el 20 de octubre la suspensión de todas las acciones contempladas en el citado decreto presidencial para adelantar este proceso de 2021 al 2015, las cuales fueron anunciadas por el presidente Felipe Calderón en su pasado informe.
En la sesión de ayer, los ministros de la Primera Sala determinaron que fue correcto el acuerdo de la ministra instructora que concedió la suspensión solicitada por legisladores respecto del Decreto por el que se establecen las acciones que deberán llevarse a cabo por la Administración Pública Federal para concretar la transición a la Televisión Digital Terrestre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de septiembre de 2010.
La suspensión concedida es respecto de la totalidad del decreto en cuestión, así como de sus efectos y consecuencias, lo que impide al titular del Ejecutivo continuar con la implementación de las medidas que instrumentó para realizar el llamado "apagón analógico".
En el recurso que le fue rechazado al presidente y a la Cofetel se establecía que el Decreto en cuestión es una norma de carácter general y que, por lo mismo, de acuerdo a la Ley Reglamentaria de la materia, no puede recaer una suspensión sobre este tipo de normas.
Además, también consideraba que si bien es cierto que tal decreto tiene un objetivo específico el llamado apagón analógico, esto no lo aleja de la característica de norma general, por lo cual consideraba improcedente la concesión de la suspensión.
20
OCTUBRE
Se ordenó la suspensión de las acciones en el decreto.