¿Para qué registrar mi slogan (aviso comercial)? En nuestra columna del 1 de agosto explicábamos las consecuencias legales que hay por uso indebido de marcas, y que van desde una multa administrativa de casi 1.2 millones de pesos hasta el pago de daños y perjuicios por 40% de las ventas del producto o servicio en el cual se usó la marca en cuestión. Lo mismo aplica para los avisos comerciales o slogans (como son mejor conocidos), los cuales puede tener un impacto significativo en los mercados; para ejemplo: "Just Do It", y "El canal de las estrellas", slogans que al mencionarlos tienen tanto impacto o más que la propia marca a la que anuncian. En esta ocasión hablaremos de la disputa que enfrenta Nissan Mexicana, S.A. de C.V., por la cual ha sido ya multada por el IMPI por casi 3.6 millones de pesos y por la que enfrentaría una demanda de daños y perjuicios de por lo menos 2,600 millones de dólares. El tema se remonta al 2009, cuando la publicidad de Nissan en México la llevaba la firma Clemente Cámara y Asociados; por movimientos estratégicos, Nissan termina la relación con dicha firma, por lo cual ésta interpone en contra de Nissan una demanda por incumplimiento de contrato por varios cientos de millones de pesos. Pero, ese no es el problema; sino que a partir del 15 de octubre del 2009, y durante el 2010 y 2011, Nissan ha utilizado como slogan de su campaña la frase "Y A TI QUÉ TE MUEVE", slogan creado por la firma Clemente Cámara y Asociados, la cual, el 9 de septiembre del 2009 solicitó ante el IMPI el registro del aviso comercial "A TI QUÉ TE MUEVE", el cual fue registrado con fecha 6 de octubre del 2009, incluso antes del comienzo de la campaña publicitaria de Nissan, razón por la cual Clemente Cámara y Asociados inició en diciembre del mismo año, un procedimiento administrativo a fin de que el IMPI determinara que Nissan estaba usando indebidamente su aviso comercial, que por cierto protege los servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina, que corresponden a la clase 35 de la clasificación de Niza. ¿Resultado? En marzo del 2011, el IMPI determinó 3 multas administrativas en contra de Nissan por casi 3.6 millones de pesos, sin embargo eso no es lo alarmante para la armadora, sino la demanda que se les viene por alrededor de 2,600 millones de dólares por concepto de daños y perjuicios y que podría marcar un precedente histórico en demandas por uso ilegal de marcas y avisos comerciales en nuestro país. Aparentemente, la estrategia de los abogados de Nissan no ha sido la mejor, ya que apostaron por la nulidad del aviso comercial de la agencia publicitaria en base a una solicitud de registro del aviso comercial "LO QUE TE MUEVE", nulidad que fue negada por IMPI, y que se espera se impugne ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa especializado en Propiedad Intelectual. Dicha estrategia fue planteada en base a que en el 2008, su aliada, Renault (con quien intenta fusionarse), registró el aviso comercial "LO QUE TE MUEVE" cubriendo los servicios de publicidad (clase 35). Cabe mencionar que el 19 de octubre del 2009, Nissan, solicitó a registro el aviso comercial "Y A TI QUÉ TE MUEVE", registrado por el IMPI el 11 de enero del 2010 (ambas fechas posteriores a las del aviso comercial de Clemente Cámara). Algo que nos ha llamado la atención es ¿por qué el IMPI ha concedido el registro de 3 avisos comerciales inminentemente similares ("LO QUE TE MUEVE", "A TI QUÉ TE MUEVE", y "Y A TI QUÉ TE MUEVE") y ¿por qué Renault, en base a su aviso comercial del 2008, no ha solicitado la nulidad del aviso comercial de Clemente Cámara del 2009? Lo anterior lo podría hacer Renault en base a la similitud con grado de confusión que definitivamente guarda su aviso comercial "LO QUE TE MUEVE" con el aviso comercial de la firma publicitaria "A TI QUÉ TE MUEVE", acción prevista por el artículo 151 de la Ley de la Propiedad Industrial. Cualquiera que sea el caso, resulta claro que, desde un principio, la estrategia no ha sido la adecuada, y que hoy por hoy, tiene a Nissan con el riesgo de una demanda por más de 2,600 millones de dólares. Y usted, ¿ya protegió adecuadamente su slogan?... ¡hasta la próxima!
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