El día de hoy, abordaremos un tema fascinante y muy poco explorado: los derechos de autor. Dentro del mundo de los derechos de autor, existen dos tipos de derechos, los derechos morales y los derechos patrimoniales. Los derechos morales son aquellos que le dan al autor el derecho a que se le reconozca como tal, es decir, a que nadie más se adjudique una obra que él creó; pero ello no es todo, con los derechos morales, también se puede decidir si la obra se divulga o si permanece inédita, si se altera o se modifica, y en todo caso, la manera en que se modifica; otorgándole al autor incluso el derecho de retirar su obra del comercio, en caso de violación de sus derechos morales. Los derechos morales son por ley, inalienables, imprescriptibles, irrenunciables e inembargables. Por su parte los derechos patrimoniales son aquellos que permiten la explotación económica de una obra en un determinado tiempo y territorio. Tanto los derechos morales como los patrimoniales tienen una vigencia de la vida del autor, y de 100 años posteriores a su muerte. En el caso de existir varios autores de una misma obra (como por ejemplo las canciones de The Beatles), los 100 años comienzan a contabilizarse a partir de la muerte del último autor. Un ejemplo de los derechos morales y patrimoniales lo tenemos en el Contrato que Alejandro Fernández y Sony Music firmaron a principios de la carrera del cantante, por la elaboración de 7 discos, en donde los derechos morales que le correspondían a él, en su calidad de intérprete, son irrenunciables, por lo que lo que le transmitió a Sony en dicho contrato fueron los derechos patrimoniales por la explotación de los mencionados 7 discos. Una vez terminada la relación contractual entre la casa disquera y el cantante, éste decidió firmar un nuevo contrato con "Universal Music", para la producción de más discos, mientras que Sony Music anunció la venta de un nuevo disco de Alejandro Fernández (el número 8 en la relación de Sony Music y el cantante), titulado "Diferente", que contenía 12 canciones rancheras, que en su momento Alejandro había grabado para la producción de sus 7 discos, pero que el cantante, había optado por no incluir en ninguno de ellos, razón por la cual Sony se sentía con el derecho de utilizarlas para un disco nuevo, su argumento se basaba en que eran canciones que habían sido grabadas para la producción de los 7 discos, cuyos derechos patrimoniales le pertenecían a Sony. Por su parte, el cantante, bien asesorado, ejerció su derecho moral como intérprete, al optar por mantener como inéditas las canciones que Sony contemplaba para el disco "Diferente", ejerciendo a su vez, el derecho de retirar del comercio su obra, logrando decomisar, con auxilio de la PGR, más de 6,400 discos de 2 instalaciones de Sony Music, el 4 de septiembre de 2009 (Sony había anunciado la venta al público de dicho disco a partir del 15 de septiembre del mismo año). Prácticamente 3 semanas después Sony Music y los representantes de Alejandro Fernández llegaron a un "acuerdo", en el cual se pactó que el cantante no procedería con la denuncia y demanda respectiva, a cambio de que Sony desistiera de comercializar el disco "Diferente", respetándose con ello los derechos morales del intérprete... ¡hasta la próxima!
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