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México, obligado a cumplir con sentencias internacionales

SCJN. Por unanimidad de votos, se determinó que México está obligado a cumplir con sentencias internacionales.

SCJN. Por unanimidad de votos, se determinó que México está obligado a cumplir con sentencias internacionales.

EL UNIVERSAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad de votos, que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en las que se condene al Estado mexicano, son de cumplimiento obligatorio para el Poder Judicial de la Federación (PJF).

El Pleno continuó el análisis de la sentencia que dictó la CoIDH por la desaparición forzada de Rosendo Radilla, de la que se derivan varias obligaciones para el Poder Judicial de la Federación, entre ellas la de tomar medidas para acotar el fuero militar en casos de violaciones a los derechos humanos.

Los ministros aprobaron también, por mayoría de votos, que la SCJN no tiene competencia para analizar y pronunciarse sobre las reservas y declaraciones interpretativas que formuló el Estado mexicano al suscribir la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Aunque el reconocimiento de la obligatoriedad de las sentencias fue unánime, el ministro Salvador Aguirre Anguiano votó inicialmente en contra, con el argumento de que el sometimiento del Estado mexicano a la jurisdicción de la CoIDH no fue incondicional, pero después avaló la propuesta, con la misma salvedad.

Luis María Aguilar también votó a favor, pero reiteró su postura en el sentido de que algunos resolutivos de la sentencia exceden las facultades de la Corte Interamericana, como el de hacer modificaciones legislativas en materia de fuero militar, o la de capacitar a los jueces federales en la jurisprudencia de la CoIDH y el delito de desaparición forzada.

En su opinión, la sentencia debería estar dirigida exclusivamente a satisfacer la reparación de los derechos humanos violados a Rosendo Radilla y su familia, con acciones como "la conclusión de los procesos penales iniciados por su desaparición, continuar su búsqueda, realizar un acto público de reconocimiento de la responsabilidad y el pago de indemnizaciones", expuso.

Estas acciones, además, no requieren de la participación del Poder Judicial de la Federación, dijo el ministro, quien manifestó su rechazo a que la Corte Interamericana pretenda incidir, con su sentencia, en ámbitos que son competencia exclusiva del Estado mexicano.

"Sólo ciertas obligaciones son realmente obligatorias, y son las que están dentro del ámbito competencial de dicho tribunal...para mí se trata de que el Estado mexicano cumpla con su compromiso de reparar las violaciones a los derechos humanos de una persona, y sólo para ello, caso por caso y sin hacer pronunciamiento a futuro ni de carácter general", consideró.

 GUILLERMO ORTIZ

Ministro de la SCJN

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Escrito en: SCJN

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