El pasado 12 de diciembre del año en curso se publicó el decreto mediante el cual se reforman diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación aplicables para el ejercicio 2012 en materia de comprobantes fiscales, el cual integra nuevos requisitos y la falta de alguno de ellos daría como resultado la no validez fiscal, por lo que es indispensable se realicen los cambios necesarios en sus sistemas electrónicos a fin de estar en posibilidad de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.
En ese sentido dentro de los cambios importantes es la de incluir en los comprobantes fiscales a partir de 2012 una leyenda manifestando el Régimen Fiscal en el que tributen conforme al Impuesto Sobre la Renta, por ejemplo, "Contribuyente del Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales"; "Contribuyente del Régimen de los Ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles"; etc. Según sea el caso. Es de hacer notar que son leyendas extensas lo cual pudiera dificultar su correcto cumplimiento por la falta de espacio dentro del documento, o bien el tiempo que pudiera implicar el plasmar en los documentos impresos la citada leyenda.
Es claro que el requisito que antecede es aplicable para los CFDI, CFD y CBB, es decir los comprobantes fiscales digitales, así como para los ya impresos como son los CBB, en cuyo último caso se tendría que sellar o bien mediante cualquier otra forma de impresión que permita cumplir con la obligación. En los casos de las notas de venta, de la misma manera se debe cumplir con la multicitada leyenda.
Otro de los cambios administrativos en los documentos fiscales, es el manifestar la forma en que se realizó el pago de la contraprestación; para estos efectos en la factura digital o impresa se tendría que señalar si ésta fue pagada en efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de debito o crédito, o en monederos electrónicos; indicando además los últimos cuatro dígitos del número de la cuenta o de la tarjeta.
Es importante comentar que mediante comunicado de prensa el SAT dio a conocer una prórroga por 6 meses más para utilizar las versiones vigentes en 2011 de la factura electrónica y con ello se tenga tiempo de ajustar sus sistemas aquéllos que así lo requieran, por lo que habría que estar al tanto de las publicaciones hechas mediante reglas.