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Ordenan modificar reglamento del IFE

EL UNIVERSAL

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó dos artículos del nuevo Reglamento del Instituto Federal Electoral (IFE) en materia de transparencia y acceso a la información, tras considerar que dichos preceptos cancelaban la posibilidad de revisar legalmente una decisión de dicho organismo por incumplir un requisito menor.

A través de un comunicado, el Tribunal refirió que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció que se omitió en la nueva norma detallar nombre y entidad federativa de cada militante del padrón de afiliados partidistas que debe publicarse en la página de internet del IFE.

Además, que los artículos 43, apartado primero, fracción I y 48, apartado uno, fracción VII del nuevo reglamento establecían, entre otros aspectos, como causal de desechamiento de un recurso de revisión por el incumplimiento de requisitos menores al presentarlos.

De acuerdo con el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos, se propuso declarar infundado el primero de los agravios del PRD y darle la razón respecto del segundo. El proyecto fue aprobado por unanimidad.

Ante ello, ordenó al Consejo General del IFE que, en su próxima sesión, modifique los artículos revocados.

Precisó que únicamente puede desecharse un requerimiento cuando el requisito faltante sea indispensable para el proceso jurídico o para emitir una resolución de fondo al respecto, debiendo publicar en el Diario Oficial de la Federación, de nueva cuenta, el aludido reglamento.

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Escrito en: IFE

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