Durango

Policías cesados, sin reinstalación: tribunal

Leyes. Los extrabajadores de cuerpos policiacos no podrán ser reinstalados, según el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Leyes. Los extrabajadores de cuerpos policiacos no podrán ser reinstalados, según el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa.

IGNACIO ESPINOZA

No obstante que se han presentado casos de policías municipales que fueron dados de baja de manera ilegal por parte de algunos ayuntamientos, los exagentes no pueden ser reinstalados en sus cargos, de acuerdo con algunas reformas realizadas a la Constitución General de la República.

Así lo afirmó el magistrado presidente y de Sala Superior del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, Julio César Piña Gritssman, quien abundó que "cualquier elemento de los cuerpos de Seguridad Pública que sea dado de baja, por cualquier circunstancia, no podrá ser reinstalado en sus actividades".

Independientemente de si fue dado de baja de manera legal o ilegal -subrayó-, la Constitución enuncia que no podrán ser reinstalados, por seguridad social, por seguridad de la sociedad mexicana, porque al ser dado de baja un elemento, se presume que es porque no está cumpliendo con sus obligaciones de proteger y servir a la comunidad.

Destacó además en este sentido que "el legislador federal, acertadamente, manifiesta en el Apartado B, fracción XIII del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que no podrá ser procedente la reinstalación de los ex elementos policiacos en ninguna circunstancia".

En este mismo contexto, el magistrado presidente subrayó que, por ello, los tribunales de Justicia Fiscal y Administrativa se tienen que concentrar en analizar si los despidos laborales son apegados a derecho o no, si son justificados o no.

No son -dijo- despidos sino conclusiones o términos de relaciones eminentemente administrativas entre el Gobierno y los elementos de los cuerpos policiacos. Asimismo, señaló que esto tiene fundamento en la Ley de Seguridad Pública y en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Durango, donde se establece con claridad a qué tienen derecho estos elementos cuando son dados de baja, y también a qué no tienen derecho.

 APRECIACIÓN Finalmente, Piña Gritssman remarcó que en el tribunal que preside, si se aprecia que la conclusión de la relación laboral (despido laboral) fue de manera ilegal, se les aplica a los extrabajadores lo que les favorecen sus propias leyes de seguridad pública; sin embargo -sentenció-, nunca habrán de ser reinstalados en la corporación policiaca de la que causaron baja.

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