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PREGÚNTALE AL CÓNSUL

COLUMNA MENSUAL DEL CONSULADO GENERAL DE EUA EN MONTERREY

¿QUÉ PUEDO HACER SI QUIERO VIVIR EN LOS ESTADOS UNIDOS?

Pregunta: ¿Hay alguna visa que no requiera que el solicitante mantenga una residencia permanente en México?

Respuesta: Las dos visas más comunes que permiten al titular entrar a los Estados Unidos con la intención de migrar (obtener la Green Card) son la visa “H1B” y la visa “L”.

La visa H1B permite a las compañías americanas contratar temporalmente trabajadores mexicanos para realizar Trabajos Especializados.

Se define Trabajos Especializados como aquéllos que requieren de conocimientos especializados de aplicación teórica y/o práctica.

Esto quiere decir que los trabajadores contratados bajo la visa H1B necesitan tener un título profesional o su equivalente, y experiencia en el área. Generalmente son relacionadas, pero no limitadas a las carreras de arquitectura, ingeniería, medicina y ciencias de la salud, leyes y contabilidad.

Una vez que se aprueba la visa H1B, el trabajador podrá trabajar en los Estados Unidos hasta por un año y podrá renovar su visa de trabajo hasta por 6 años.

Cada año, se autorizan 65, 000 visas H1B en total (no sólo para México).

Así que a partir de abril 1, las oficinas de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos (USCIS) comienzan a recibir las solicitudes para los trabajadores H1B y aceptará estas solicitudes hasta que la cuota sea alcanzada.

La visa L permite a las compañías internacionales con oficinas en los Estados Unidos, enviar a sus empleados a trabajar a los EUA por un corto periodo de tiempo. Uno de los requisitos es, que el solicitante de visa L, haya trabajado para la compañía cuando menos un año de sus últimos tres años laborales. Existen dos tipos de visa “L”:

1. Gerentes/Ejecutivos podrán ser transferidos a los Estados Unidos para desempeñar funciones de supervisión o administración de áreas esenciales de la compañía, podrán permanecer hasta por 7 años en los Estados Unidos.

2. Los empleados con conocimiento especializado en los productos, métodos de investigación, mercadeo, etc. y los cuales son de importancia competitivo para la compañía, podrán permanecer en los Estados Unidos hasta por 5 años.

El próximo mes hablaremos de otros 2 tipos de visa en las cuales el solicitante no necesita demostrar su residencia fuera de los EUA mientras trabaja en los Estados Unidos: Visas “E” y “TN”.

Para cualquier duda acerca de visas o de los Servicios a Ciudadanos Americanos, por favor envíe su pregunta a Preg u n t a A l C o n sulMTY@state.gov

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