Nacional Claudia Sheinbaum Seguridad Narcotráfico Generación Z Pensión Bienestar

Regulan en San Lázaro aplicación de arraigo

Notimex

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma a diversas leyes las cuales regulan y acotan la figura del arraigo en México, donde se destaca que este ordenamiento estará bajo la subordinación de los jueces de control y no de los Ministerios Públicos.

En la sesión ordinaria en San Lázaro, se aprobó por 218 votos a favor, 30 en contra y dos abstenciones las reformas a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En tribuna, el diputado federal del PRI, Josué Valdés, al argumentar el dictamen expuso que la reforma busca frenar los excesos y abusos en la aplicación de los arraigos en México y acotar de manera precisa el arraigo como medida cautelar, impuesto con exclusividad a personas señaladas como probables responsables, partícipes o imputados.

Indicó que con la reforma, que fue turnada al Senado, el arraigo podrá aplicarse siempre que se trate de delitos de delincuencia organizada y se establece en ley la inclusión de los Juzgados Federales Penales Especializados en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones.

Dijo que desafortunadamente el arraigo ha sido utilizado en México como una herramienta de 'descalificación política', donde se violan garantías individuales al cometerse excesos.

Valdés Huezo explicó que con la reforma se evitarán arbitrariedades y detenciones injustificadas y anticonstitucionales, y el arraigo, al estar bien reglamentado, será una figura útil.

A su vez, el diputado federal del Partido del Trabajo (PT), Pedro Vázquez González, votó en contra de esta reforma y dijo que el arraigo contrario al principio de inocencia ha servido para realizar abusos en contra de detenidos.

La reforma señala que el juez que conceda un arraigo deberá señalar el tiempo que habrá de ejecutarse la medida cautelar, así como dicha resolución deberá ser fundada y motivada, debiendo redactarse de manera precisa y congruente con las circunstancias de hecho y de derecho que la originen.

La solicitud de arraigo, podrá ser presentada por el Ministerio Público Federal por cualquier medio escrito o electrónico del cual quede suficiente constancia de la hora y fecha de solicitud.

Leer más de Nacional

Escrito en: Arraigo

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 687046

elsiglo.mx