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Sentencian a defraudador en Querétaro

EL UNIVERSAL

El Juez Octavo de Primera Instancia Penal dictó sentencia condenatoria de 91 años de prisión a Alfredo Cruz Flores y/o Alfredo Gustavo Cruz Flores, por el delito de fraude genérico maquinado.

La Procuraduría General de Justicia (PGJ) de Querétaro confirmó la referida sentencia, dictada con base en las pruebas integradas dentro de la averiguación previa por el Ministerio Público Investigador, dentro del proceso 218/2002.

El inculpado se ostentaba como representante del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) y ofrecía sus servicios para cancelar adeudos ante dicho instituto.

Manifestaba, de igual manera, que trabajaba en un despacho jurídico, lo cual le permitía llevar a cabo algunas funciones como gestor autorizado.

Al ostentarse como funcionario, el sentenciado aseguraba que podría ofrecer en venta bienes muebles e inmuebles que se encontraban en remate por diversas instituciones bancarias, argumentando en todo momento que dichos trámites siempre eran en beneficio de los posibles compradores.

Aprovechándose de las condiciones, el detenido "obtuvo un lucro considerable al recibir diversas cantidades de dinero en efectivo de un total de 58 ofendidos, causando con esta acción un perjuicio económico importante", consigna la PGJ en comunicado enviado a la prensa.

La PGJE sostiene que "con las pruebas presentadas por el Ministerio Público Investigador, mismas que fueron integradas dentro de la averiguación previa y que en todo momento fueron exhibidas por el Ministerio Público de Procesos ante el Juez, fue posible que esta autoridad contara con la información necesaria para determinar la responsabilidad en el delito de Fraude Genérico Maquinado en contra de Alfredo Cruz Flores".

Por lo anterior, el Juez de la causa dictó sentencia condenatoria a 91 años de prisión por el delito de Fraude Genérico Maquinado en agravio de 58 ofendidos.

Aunado a la pena privativa, el Juez dictó una multa de 3 mil 900 días-salario, quedando sólo la pena máxima que establece la ley de 500 días multa, equivalente a 24 mil 525 pesos; pago de 21 millones 259 mil 233 pesos por concepto de reparación del daño, además de negar cualquier beneficio sustitutivo de la pena de prisión.

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Escrito en: Fraude

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