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Sólo IFE podrá contratar spots: Suprema Corte

Desecha por siete votos contra cuatro, juicio de amparo que promovió un grupo de intelectuales para impugnar prohibición para que terceros contrataran propaganda en medios. (Archivo)

Desecha por siete votos contra cuatro, juicio de amparo que promovió un grupo de intelectuales para impugnar prohibición para que terceros contrataran propaganda en medios. (Archivo)

EL UNIVERSAL

Por siete votos contra cuatro, la Suprema Corte de Justicia de la Naciòn (SCJN) desechò el juicio de amparo que promovió un grupo de intelectuales para impugnar la reforma constitucional de 2007, que prohíbe a terceros contratar propaganda electoral en medios electrónicos.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo emitió el voto decisivo, al pronunciarse por la improcedencia del amparo, ya que en la sesión del 31 de enero pasado la votación sobre el tema había quedado empatada, con 5 ministros a favor de la procedencia y cinco en contra.

Al final, la mayoría cambió su votación y, en lugar de la improcedencia del amparo se pronunciaron a favor de confirmar el sobreseimiento dictado en primera instancia por el juzgado de distrito que conoció del juicio inicialmente.

En su intervención, Pardo consideró que la Suprema Corte, como tribunal constitucional, sí puede revisar el procedimiento de reformas a la Carta Magna, previsto en el artículo 135 constitucional, pero que el juicio de amparo no es la vía idónea para ejercer este control.

Explicó que el diseño constitucional vigente del juicio de amparo impide ese control, debido a que uno de los principios de este medio de defensa es la relatividad de las sentencias, es decir, la imposibilidad de dictar una resolución de efectos generales.

De otorgarse la protección de la justicia federal a los demandantes se establecerìa para ellos un régimen de excepción en el sòlo ellos estarían exentos de cumplir las disposiciones de la reforma impugnada reforma impugnada, dijo el ministro.

"Se crearìan tantos regímenes constitucionales como amparos se hayan concedido en razón de muy diversas reformas", considerò.

En contra del proyecto y por revisar las reformas constitucionales no solo en el procedimiento sino en su contenido votaron los ministros Olga Sànchez Cordero, Josè Ramòn Cossio, Arturo Zaldìvar y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza.

Por el sobreseimiento votaron Guillermo Ortiz Mayagoitia, Margarita Luna Ramos, Salvador Aguirre, Luis María Aguilar, Fernando Franco, Sergio Valls y Jorge Mario Pardo.

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Escrito en: IFE spot

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