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Sorprende desconocimiento de las normas electorales

JESÚS CANTÚ

Todos los partidos políticos debiesen tener especialistas en las normas electorales que les permitieran maximizar sus posibilidades de aprovechar las oportunidades que éstas brindan, pero también minimizar los impactos negativos (incluso sacar ventaja en relación con sus opositores) de las limitaciones que establecen. Pero incluso por motivos de sobrevivencia, pues el desconocimiento de las leyes, no es excusa para su incumplimiento y ello puede conducir hasta a la pérdida del registro de un aspirante a un puesto de elección popular, en el extremo de un candidato a la Presidencia de la República que cuente con las mayores preferencias electorales.

La sorpresa proviene de los supuestos descubrimientos que hacen el virtual candidato y los dirigentes de los partidos que integrarán la coalición de izquierda, denominada "Movimiento Progresista". Primero, fue Andrés Manuel López Obrador, quien en una entrevista radiofónica, al día siguiente de que se dio a conocer que el sería el candidato único, aventuró la posibilidad de simular un proceso de elección interno para aprovechar los spots que contempla la ley electoral durante las precampañas.

Pero sobre el mismo tema se han pronunciado los dirigentes de los partidos políticos sin atinar a revisar lo que dice el párrafo 5 del artículo 15 del Reglamento de Radio y Televisión del IFE: "Si por cualquier causa un partido político o coalición, sus militantes y precandidatos a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido no realizan actos de precampaña electoral, los tiempos a que tengan derecho serán utilizados para la difusión de mensajes genéricos del partido político de que se trate."

No hay necesidad de ninguna simulación ni de registrar "patiños" o "juanitos" para aprovechar dichos tiempos y transmitir promocionales, el IFE ya hizo esa previsión y, para evitar iniquidad en la contienda, decidió que en esos casos los tiempos se utilizan para la difusión de mensajes del partido. Así no podrán promover a su futuro candidato, pero sí dispondrán de esos espacios para difundir mensajes de sus partidos o coalición.

El IFE encontró una adecuada solución a un asunto no resuelto en la Constitución ni en el Cofipe, pues el dejar fuera de las pantallas y los aparatos de radio a una fuerza política durante dos meses, particularmente mientras los otros se aprovechan de eso para incrementar su presencia, se traduciría en una iniquidad que, eventualmente, sería insalvable; pero eso ya está resuelto. Así que realmente lo que el virtual candidato y los dirigentes de los partidos debían estar revisando es que mensajes difundirán durante ese tiempo: pues no pueden promover a su candidato ni el voto entre sus militantes o la ciudadanía en general, porque sería violar el Código electoral, pero sí pueden difundir principios fundamentales de sus partidos o la coalición.

El otro asunto tiene que ver con la distribución del tiempo de radio y televisión entre las coaliciones totales y parciales. En este caso los párrafos 3 y 4 del artículo 98 del Cofipe son muy claros: en el caso de una coalición total (Presidencia y los 300 distritos electorales) ésta recibe los tiempos igualitarios (30%) como un solo partido político, mientras en las parciales, cada fuerza recibe el 30% que le corresponde; sobre el 70% que se distribuye proporcionalmente no hay problema, pues en ambos casos se reparte con los porcentajes de cada uno de los partidos políticos.

En el reparto del tiempo el IFE no tiene opción: simplemente aplicar la ley. Hay que decir que todas las opciones disponibles pueden eventualmente generar iniquidad para alguna de las fuerzas políticas, por lo que la solución no está en el reparto de los tiempos, sino en la utilización de los mismos. Si el reparto fuese igual en ambos casos, en el caso de las parciales, los candidatos de cada uno de los partidos individuales quedarían en desventaja, pues no dispondrían de tiempos o, por lo menos, éstos serían menores para promover sus candidaturas. Sin embargo, haber optado por la solución actual sin establecer candados en la utilización de los tiempos, eventualmente genera iniquidad para el candidato presidencial de la coalición total, que tendrá menos impactos mediáticos.

Sin embargo, el IFE y los partidos de la coalición "Movimiento Progresista" deberían dirigir sus esfuerzos a la aplicación de dichos tiempos. Es decir, por la vía del artículo 60 del Cofipe que señala que aunque cada partido decidirá libremente la asignación por tipo de campaña, en el caso de elecciones presidenciales y del Congreso, "cada partido deberá destinar, al menos, un treinta por ciento de los mensajes a la campaña de uno de los poderes, considerando las de senadores y diputados como una misma".

Aunque no hay ninguna disposición similar para el caso que nos ocupa, con una interpretación sistemática y funcional el Consejo General del IFE podría emitir una norma similar para tratar de prevenir una eventual iniquidad en la contienda presidencial y asegurar que esos tiempos adicionales se utilizan para los candidatos a legisladores de cada uno de los partidos en lo individual.

La ignorancia de las normas, que ellos mismos aprobaron (pues varios de los dirigentes de los partidos políticos de la coalición eran legisladores cuando se aprobaron estas normas) es el primer paso al fracaso de una campaña electoral. En la lucha por el poder político no se puede dar ninguna ventaja, so pena de perder la elección, como ya lo constataron en el 2006. Esa es la primera experiencia que deberían asimilar y, por lo tanto, enmendar estos errores cuando todavía están a tiempo de hacerlo.

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