Trabajo. La autoridad estatal se apoyará en las corporaciones de Vialidad de cada municipio, para retirar de circulación los automóviles que no estén registrados en el padrón que levantará el Gobierno del Estado.
La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) estatal será la instancia que guarde la base de datos que incluirá la información de todos los vehículos que circulan en la entidad, así como de los propietarios.
La iniciativa enviada por el Gobierno del Estado al Poder Legislativo propone una serie de reformas a la Ley de Seguridad Pública y a la de Transportes del Estado de Durango, con el argumento de que hay "miles" de vehículos en la entidad que carecen de registro ante las autoridades estatales; esta situación es considerada como un "problema grave y real" debido a que "la gran mayoría de los hechos delictivos que lastiman seriamente a la sociedad, se cometen a bordo de vehículos que no cuentan con ninguna identificación".
Inicialmente, el mandatario estatal Jorge Herrera Caldera manifestó que la iniciativa pretende crear una base de datos como medida de control sobre los vehículos de procedencia norteamericana, que circulan de manera ilegal en Durango.
Sin embargo, el artículo 128 Quater de la iniciativa enviada al Congreso del Estado por el Ejecutivo establece que: "todos los vehículos que circulen de manera permanente o habitual por territorio del Estado, deberán ser registrados ante la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, en los términos y conforme a las condiciones establecidas en esta Ley y en las disposiciones reglamentarias correspondientes".
El artículo 128 Quater 1 advierte que los vehículos que no sean registrados serán retirados de la circulación por la SSP.
Además, las reformas a la Ley de Tránsito para los Municipios del Estado de Durango pretenden impedir la circulación de vehículos con polarizados que impidan la visibilidad hacia el interior del vehículo, excepto los de nivel medio, los que hayan sido instalados por el fabricante y los que se requieran por razones médicas.
OTROS ORDENAMIENTOS
La Ley de Tránsito para los Municipios del Estado de Durango que está en vigor ya estipula exigencias similares.
El artículo 34 establece que: "todo vehículo para poder transitar dentro del Estado, deberá estar provisto de placas, tarjeta de circulación y calcomanías respectivas en vigor, expedidas por el Gobierno del Estado y si son del extranjero, que hayan sido autorizadas de acuerdo con las leyes de su país de origen y no contravengan las normas estatales y municipales y se hayan internado legalmente en el país. Tanto las placas como los demás documentos a que se hace referencia en este artículo, serán la única forma legal de identificación de los vehículos (...)"
El artículo 35 es aún más claro, pues puntualiza que para transitar en cualquier municipio, los vehículos requieren el registro del Gobierno del Estado y esto se comprobará exhibiendo las placas y calcomanías vigentes.
Cabe mencionar que dicha iniciativa de reforma no estipula tarifas o cuotas para realizar el trámite de empadronamiento de vehículos.